Si estás cobrando el paro y encuentras un trabajo, lo primero es darte la enhorabuena por conseguir un nuevo empleo en un mercado laboral cada vez más competitivo. Ahora bien, si estás recibiendo una prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), debes saber que debes comunicar tu nueva situación laboral, para que el SEPE de la baja a tu prestación.
Como ya sabrás, las prestaciones por desempleo se pagan a mes vencido, al igual que las nóminas, y salvo que comiences a trabajar a primero de mes, cobrarás la totalidad de tu prestación. Pero prácticamente las empresas contratan para que te incorpores de forma inmediata, lo que puede suponer que te incorpores por ejemplo a mitad de mes.
En el nuevo trabajo vas a cobrar media nómina, pero ¿Qué pasa con el paro si comienzas a trabajar a mitad de mes?
¿Si empiezo a trabajar a mitad de mes cuánto cobro de prestación?
Como indica el Servicio Público de Empleo Estatal en su web, cuando se produce una situación que suponga la perdida o interrupción del cobro de una prestación o subsidio de desempleo, como es el encontrar un trabajo, hay que comunicarlo a la oficina de empleo.
En estos casos, el desempleado cobrará la prestación que le corresponda cobrar hasta el día anterior a aquel en que se ha producido la causa que interrumpe el pago.
Para que se entienda mejor, si la empresa te contrata para comenzar a trabajar el día 16, ese mismo día ya estás dado de alta en la Seguridad Social, por lo que ya no tendrías derecho a prestación. De modo que cobraría la prestación correspondiente del 1 al día 15.
No obstante, puede ocurrir que aunque se haga la comunicación, el SEPE ya haya enviado la remese con los datos de pago de prestaciones a los bancos y que recibas la totalidad de la prestación.
En este caso, se produciría un cobro indebido, en el que el SEPE te reclamará la parte que no te corresponde y que deberás devolver en un plazo determina dado. Sí, por el contrario, no hiciste la comunicación y el SEPE detecta este cobro indebido, no solo tendrás que devolver la prestación, se aplicará una sanción.
Empiezo a trabajar, pero es a tiempo parcial
Si el trabajo es a tiempo parcial, en lugar de solicitar la suspensión de la prestación, se puede solicitar compatibilizar el paro con el trabajo, eso sí, verás reducida tu prestación en proporción a tu jornada laboral.
Igualmente, si como en el ejemplo anterior comienzas a trabajar el día 16, los primeros 15 días del mes vas a recibir el importe completo correspondiente a esos días y luego la parte proporcional.
Por ejemplo, si cobras 800 euros de prestación y comienzas a trabajar a mitad de mes con un contrato a tiempo parcial, tu prestación a recibir al mes siguiente(recuerda que el paro se cobra a mes vencido) será la siguiente:
Por los primeros 15 días cobras 400 euros, y luego si el trabajo digamos que es a media jornada recibirías 200 euros, en total serían 600 euros, pero solo este mes. Si continúas trabajando a media jornada, entonces ya cobrarías 400 euros de prestación más tu salario.