Cada año los contribuyentes se hacen la misma pregunta una y otra vez ¿Cuándo es obligatoria hacer la declaración de la renta?
La campaña de la declaración de la Renta 2023 comienza el miércoles 3 de abril de 2024, fecha en la que, tal y como ha confirmado la Agencia Tributaria, se podrá solicitar el borrador del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y presentarlo.
Quién está obligado a hacer la declaración de la Renta en 2024
Si bien es cierto que los contribuyentes estarán obligados a presentar la declaración de la Renta dependiendo de los ingresos, también existen otras situaciones que obligarán a ello.
En primer lugar, Hacienda establece que una persona está obligada a presentar la declaración de la renta en 2024, si durante 2023 ha tenido ingresos por encima de los 22.000 euros, aunque este límite solo se aplica cuando se ha tenido un solo pagador.
En cambio, si se han tenido dos pagadores, este límite se sitúa en 15.000 euros. Pero solo en el caso de que la suma ingresada por este pagador y otros pagadores superen los 1.500 euros brutos anuales. ¿Cuándo se tienen dos pagadores? Pues, por ejemplo, cuando se han trabajado en dos empresas en el mismo año o se ha trabajador y luego cobrado la prestación por desempleo.
¿Has tenido dos pagadores en 2023? Así te afectará a la Declaración de la Renta
Si eres trabajador autónomo, también estás obligado a realizar la declaración de la Renta.
También hay que presentar la declaración si has recibido ingresos patrimoniales o de rendimiento de capital mobiliario de más de 1.600 euros anuales. Igualmente, hay obligación de presentar la renta cuando se ha recibido como mínimo 1.000 euros brutos de rentas mobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro, subvenciones relacionadas con la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado.
Pero esta dos situaciones no son las únicas que obligan a presentar la declaración de la renta y que no dependen de los ingresos o ganancias de los contribuyentes. La Agencia Tributaria y la Seguridad Social han advertido que las personas que durante 2023 hayan sido beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, están obligadas a presentar la declaración.
Aunque esta prestación está exenta de tributación en el IRPF, la obligación de presentar la declaración es un requisito establecido en sus bases, como indica el artículo 36 de la Ley 19/2021.
Quienes no están obligados a presentar la declaración
Las personas exentas de hacer la declaración de la Renta son aquellas que hayan tenido durante 2023 ingresos que no superen los 1.000 euros en conjunto, tanto si provienen de rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas, ganancias patrimoniales.
También se libran de hacer la declaración de la renta aquellos que únicamente hayan registrado pérdidas patrimoniales por debajo de los 500 euros.
Igualmente, existe un grupo de pensionistas que por ley están exentos de presentar la declaración. Así lo recoge el artículo 7 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Los pensionistas que no tienen que presentar la declaración en 2024 son los siguientes:
- Pensionistas beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente absoluta o de Gran Invalidez.
- Los que provengan de las Clases Pasivas y las pensiones de inutilidad.
- Las pensiones de orfandad y de viudedad si estas derivan de actos de terrorismo, cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65% y las pensiones en favor de familiares por incapacidad absoluta de su titular.
- Por último, tampoco tendrán que presentar la declaración de la renta aquellos contribuyentes que cobren una prestación familiar por hijo a cargo o quien reciba una prestación derivada de actos de terrorismo.