sábado 20 abril 2024

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¿»Contrato» de voluntario o contrato laboral?

¿Eres voluntario?, te explicamos algunas claves que debes tener en cuenta

En España hay una Ley del Voluntariado nacional que está publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por la que deben regirse aquellas personas que realizan una actividad sin ánimo de lucro en un club deportivo o asociación.

Hay mucha polémica con respeto a si se está utilizando la figura del voluntario para cubrir vacantes. Por eso a través de este artículo vamos a indicar que diferencias hay entre un voluntario y un trabajador por cuenta ajena.

¿Qué es un contrato de voluntariado y qué diferencias hay con un contrato laboral?

Para empezar el contrato de voluntariado no existe como tal. En España existen los siguientes tipos de contratos: contrato indefinido, contrato temporal, contrato de formación en alternancia y contrato para la obtención de la práctica profesional, también hay un modelo de contrato de los pescadores.

No existe un modelo oficial y regulado por el Ministerio de Trabajo para el «contrato» de voluntario. Lo que firma la persona es un compromiso por la que prestará unos servicios de manera altruista, es decir, sin recibir dinero a cambio.

Como este documento no es un contrato laboral, la empresa no debe seguir el protocolo habitual en los contratos de trabajo, como por ejemplo comunicarlo al SEPE.  Eso sí, como verás a continuación, es ideal que si firmas un contrato de voluntariado pidas tu copia sellada.

El voluntario debe reunir los siguientes condiciones:

  • Tener carácter solidario y altruista.
  • Realizarse por voluntad propia, no por obligación. A diferencia de un trabajador, por cuenta ajena que, si tiene obligación, acudir a su puesto de trabajo y realizar las tareas que le corresponden.
  • No recibir contraprestación económica alguna. No obstante, si se puede recibir dinero, si este es para reembolsar gastos que se ocasione por el desempeño de la actividad voluntaria.
  • Realizar el voluntariado a través de una organización (pública o privada) sin ánimo de lucro.
  • No sustituir un trabajo retribuido por un voluntariado. Es decir, no pueden hacerte un contrato de voluntariado para cubrir un puesto de administrativo cuando en la empresa ya hay una persona contratada para eso.

El voluntariado no es un trabajo

Así lo determina el artículo 1.3 del Estatuto de los Trabajadores, un voluntario realiza una labor de benevolencia y, por tanto, se aplican los elementos comunes a la legislación española.

Además, como no hay firmado un contrato laboral, no se puede considerar un trabajo como tal. Así mismo, no hay que dar de alta en la Seguridad Social, por consiguiente esta persona no cotiza. Igualmente, no se puede cobrar un sueldo.

Para que lo entiendas, un voluntario realiza la actividad cuando es posible y unas pocas horas al día, sin que sea obligatoria la presencia.

¿Cuánto puede cobrar un voluntario?

Hemos mencionado que un voluntario no puede cobrar, pero si puede recibir un dinero a modo de reembolso de los gastos ocasionados, una compensación económica.

Por ejemplo, que para acudir al lugar donde realizará su labora de voluntariado tenga que desplazarse y se le compense el dinero del transporte. Igualmente, se puede compensar otros gastos como la comida.

En ocasiones se intenta camuflar un salario alegando que es una reembolso o una gratificación. Lógicamente, tendrán que demostrar estos gastos, tickets de compra, etc. Pero si todos los meses se recibe la misma cantidad de dinero, la Inspección de Trabajo puede considerar que se trata de un salario y, por tanto, el voluntario es un trabajador que debería estar dado de alta en la Seguridad Social.

Trabajadores como falsos voluntarios

La contraprestación económica no es lo único que puede llevar a que la Inspección de Trabajo determine si una persona realmente no está como voluntario. Los casos más habituales en los que un voluntario debería estar con un contrato de trabajo son los siguientes:

  • Cuando su función «voluntaria» está ocupando un tiempo al día equivalente a cualquier jornada laboral. Recuerda que el voluntariado está concebido como una actividad de tiempo libre.
  • Recibir un salario. Como hemos dicho en el apartado anterior, si se recibe un dinero que no esté asociado a los gastos de transporte o comida, se considera que se recibe una remuneración por sus servicios prestados.
  • Existe un registro de horario. Los trabajadores deben registrar hora de entrada y salida. El registro de jornada es obligatorio en todas las empresas desde 2019. Un voluntario no debe fichar su entrada y salida si el objetivo de este fichaje es para descontar los días que no ha realizado voluntariado de su compensación económica.
  • Por último, que se utilice el voluntariado realizar una laboral similar a la de un puesto de trabajo convencional.

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