viernes 31 enero 2025
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¿Cómo saber si tengo una deuda con Hacienda?: pasos a seguir

Así puedes consultar si tienes deudas con Hacienda

Contraer deudas con Hacienda o con cualquier administración del Estado puede impedir, por ejemplo, poder cobrar prestaciones o alguna ayuda. Por ello es importante conocer si  se tienen deudas, sobre todo con Hacienda y saldarla cuanto antes, para evitar pagar intereses por demora.

Del mismo modo, también conviene saber cuando prescribe una deuda con Hacienda. En este artículo vamos a explicar como se consulta una deuda y cuánto dura una deuda.

¿Cómo consultar si tengo deudas con Hacienda?

La forma más cómoda es hacer la consulta online y para ello hay que dirigirse a la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Es necesario entrar en el apartado «Información y gestiones» y entrar en Deudas, apremios, embargos y subastas.

Luego hay que entrar en la sección Pagar, aplazar y consultar para acceder a toda la información y gestiones. Hay que entrar en consulta de deudas.

Para acceder, será necesario identificarse, hay varias opciones: con certificado digital, DNI Electrónico, pero si no se disponen de estos medios, es posible hacerlo con el número de DNI y la fecha de validez.

 

En este caso, no se tienen deudas con Hacienda, por lo que se puede estar tranquilo al estar al día con la administración.

Otra opción, si no es posible hacer la consulta de deudas con Hacienda online, es acudir a las oficinas de Hacienda. Allí, se debe pedir una lista detallada con las deudas que aún estén vigentes.

Hacienda perdonará las deudas si son inferiores a esta cantidad

¿Cuánto dura una deuda?

En la Ley General Tributaria, concretamente en su artículo 66, se establece que todas las deudas tributarias prescriben a los cuatro años a contar desde el día siguiente en el que finaliza el plazo reglamentario para presentar la declaración o autoliquidación.

Una vez pasado ese tiempo, la Agencia Tributaria tampoco podrá solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.

Claro está, esto es, si la deuda no ha sido reclamada judicialmente, ya que una vez iniciado este proceso el plazo queda interrumpido.

 

 

 

 

 

 

 

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