Llegan las vacaciones de verano para muchos trabajadores.
Con la llegada del verano son muchos los trabajadores que se cogen sus tan esperadas vacaciones entre los meses de junio, julio, agosto y septiembre. Unos meses que genera empleo, ya que estas empresas tienen que buscar trabajadores temporales para cubrir estos puestos.
Sin embargo, con la pandemia, son muchos los trabajadores que durante algún periodo han estado bajo un Expediente Regulador Temporal de Empleo, algo que afecta directamente a sus vacaciones.
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¿Cómo afecta un ERTE a las vacaciones?
Lo primero, las vacaciones se generan con cada año natural, es decir desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, generando en ese periodo 30 días de vacaciones. Este número de días es la regla general, puede que tu convenio reconozca más días, por lo que tendrás que consultarlo. En definitiva se generan 2,5 días por mes. Hay que aclarar que hablamos de días naturales.
En muchas empresas se optan por días laborales, en este caso son 22 días laborales por año, es decir 1,8 días por mes trabajado.
Al final es lo mismo, la diferencia es la inclusión o no de domingos y festivos en el cálculo de las mismas.
Una vez que ya conocemos como se calcula el número de días de vacaciones, ahora debemos tener en cuenta otra cuestión, el tipo de ERTE en el que se ha estado. Si ha sido de reducción de jornada con una reducción entre el 10 y el 70%, se seguirá generando días de vacaciones, independientemente de su jornada.
Eso sí las retribuciones de un trabajador con un ERTE de reducción se verán afectadas reduciéndose proporcionalmente, al igual que su salario.
Todo lo contrario pasa cuando se ha estado en un ERTE de suspensión total. En esta caso el contrato del trabajador ha estado en suspensión, por lo que el trabajador no genera días de vacaciones, por lo tanto para calcular los días de vacaciones que le corresponden por año, tendrá que suprimir los meses que ha estado en ERTE.
Pongamos como ejemplo, tomando como referencia el cálculo por días naturales, si en un año corresponden 30 días, pero el trabajador ha estado en ERTE dos meses, a esos 30 días hay que restarle las vacaciones que se hubieran generado normalmente. Es decir si por cada mes nos corresponden 2,5 días y hemos estado en ERTE dos meses, hemos dejado de generar 5 días de vacaciones, por tanto durante este año hemos acumulado 25 días de vacaciones.
Podría darse el caso de que la empresa decidiera no restar estos días, pero ya sería que llegarán a un acuerdo la empresa y el trabajador.
Preguntas frecuentes.
¿Y si me cogió el ERTE estando ya de vacaciones?
Para estos casos, las vacaciones quedan suspendidas, es decir el contador se para y solo se habrá «gastado» los días de vacaciones antes de que se hiciera efectivo el ERTE.
¿Y qué pasa con la paga extra?
Como el contrato está suspendido, durante el tiempo que se esté en ERTE, no se genera pagas extraordinarias, por lo que se deberá calcular en proporción al tiempo trabajado.