miércoles 24 abril 2024
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Dudas sobre el ERTE: ¿cuánto se cobra? ¿pueden despedirme? ¿me quedo sin vacaciones?

Un ERTE (Expediente Temporal de Regulación de Empleo), es una medida temporal como consecuencia de la actividad de la empresa en un periodo concreto de tiempo debido a causas excepcionales, que justifica la suspensión del contrato a la plantilla o parte de ella, o la reducción forzosa de la jornada de trabajo.

En Resumen, un ERTE no es un despido, aunque se cobre una prestación por parte de Estado, ya que el trabajador sigue dado de alta y la empresa seguirá pagando su seguridad social (como medida extraordinaria el Gobierno se hace cargo también del pago de la seguridad social, liberando a la empresa de esta carga económica), puedes obtener más información aquí.

En relación con el ERTE han surgido numerosas dudas, como cuanto se cobra, si pueden despedirme una vez termine el ERTE y si me quitan vacaciones, estas preguntas te las contestamos a continuación.

¿Cuánto se cobra de paro en un ERTE?

Los trabajadores afectados por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo, pasan a cobrar su prestación por desempleo (el Gobierno, como media excepcional por el coronavirus, aprobó que todos los trabajadores afectados por un ERTE tuvieran prestación aunque no cumplieran los requisitos de cotización).

El cálculo de paro dependerá si estamos en un ERTE de suspensión o en un ERTE de reducción de jornada.

  • Los ERTE de suspensión, son aquellos en los que se cesa completamente la actividad laboral del trabajador.
  • Los ERTE de reducción de jornada, el trabajador sigue prestando sus servicios, pero lo hace con una reducción de su jornada habitual.

Cuánto se cobra en un ERTE de suspensión a causa del coronavirus.

En este caso se pasará a cobrar el 70% de la base reguladora, que se calculará tomando como referencia la media de las bases de cotización del trabajo de los últimos 6 meses cotizados, en el caso de que no los haya, del periodo inmediatamente anterior a la fecha en que se produce el ERTE.

El 70% corresponde a lo que se cobraría por la prestación de desempleo (paro en los seis primeros meses, luego pasaría a ser el 50% a partir del séptimo mes.

Cuánto se cobra en un ERTE de reducción de jornada a causa del coronavirus.

En estos casos, la empresa deberá seguir pagando al trabajador el equivalente a las horas que trabaja, y la parte que corresponde a su reducción la pagará el Estado.

La parte correspondiente a las horas que el trabajador ha dejado de trabajar para la empresa, se calcula a partir del 70% de la base reguladora.

También habrá que tener en cuenta que existen unos topes en las cuantías máximas en la prestación por desempleo que dependerán de si el trabajador tiene hijos o no y el número de ellos.

  • Importe máximo de la prestación contributiva sin hijos:  1.098,09 €
  • Importe máximo de la prestación contributiva con 1 hijo:  1.254,96 €
  • Importe máximo de la prestación contributiva con 2 o más hijos: 1.411,83 €

En el caso de los ERTE de reducción de jornada se calculará aplicandose el porcentaje que constituya la jornada realizada sobre la habitual de la empresa.

¿Pueden despedirme tras un ERTE?

Una de las preguntas que más se ha escuchado en estos días, tras la incertidumbre de que ocurrirá una vez termine el estado de alarma y las empresas vuelva a reactivar.

Las empresas que se hayan acogido a un ERTE tienen la obligación (El Gobierno ha querido matizar que será a voluntad del empresario) de una vez vuelvan a su actividad mantener a los trabajadores a los que les han aplicado un ERTE durante seis meses, aunque hay algunas excepciones.

Si tras el fin del estado de alerta la empresa no se ha podido recuperar, esta podrá presentar despidos individuales o un ERE.

¿Podré disfrutar de las vacaciones?

Pregunta que se hacen muchos trabajadores temporales que se han visto afectados por un ERTE, durante este período no se pueden coger días de vacaciones y la empresa no puede obligar al trabajador.

En primer lugar, en el momento que se hace efectivo el ERTE, el contrato queda en suspensión y una vez que se reincorpore la duración de su contrato se reactivará y podrá disfrutar sus vacaciones cuando le correspondan.

Caso muy diferente es los que hayan sufrido un ERTE de reducción de jornada, en este caso si podrían cogerse días de vacaciones.

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