El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el encargado de la gestión de las prestaciones por desempleo a las que pueden acceder los trabajadores cuando pierden de forma involuntaria su trabajo.
Un trabajador puede solicitar la prestación contributiva si ha cotizado al menos 360 días o acceder al subsidio por insuficiencia de cotización. Ambas prestaciones están destinadas a cubrir las necesidades económicas de estos trabajadores ahora en paro durante el tiempo que tengan derecho a cobrarlas, mientras está buscando otro trabajo.
Sin embargo, en determinadas ocasiones el trabajador puede agotar el paro o el subsidio y no haber conseguido reinsertarse al mundo laboral. Ante esta situación, el SEPE ofrece una ayuda extraordinaria de 2.880 euros repartida en 6 meses.
Se trata del Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), una ayuda destinada a desempleados que han agotado el paro o el subsidio por desempleo y que se puede solicitar hasta el 31 de mayo de 2024, pues el 1 de junio entra en vigor el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, por la que se pone en marcha la reforma de los subsidios por desempleo aprobada por el Gobierno y reduciendo el subsidio a dos, el general que se podrá acceder por dos vías, por lo que se puede considerar que son dos subsidios y el subsidio para mayores de 52 años.
Qué requisitos tienen que cumplir los trabajadores para acceder al Subsidio Extraordinario por desempleo
En primer lugar, como todos los subsidios por desempleo del SEPE para acceder, es necesario cumplir con el requisito de carencia de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
Además, el de este requisito económico, el Servicio Público de Empleo Estatal exige lo siguiente:
- Carecer del derecho a la protección por desempleo de nivel contributivo o asistencial.
- No tener cumplida la edad que le permita acceder a la pensión de jubilación, en sus modalidades contributiva o no contributiva.
- No haber sido beneficiario con anterioridad del subsidio extraordinario por desempleo, pues solo se puede solicitar una vez.
- Tampoco se puede haber percibido previamente la ayuda económica de acompañamiento establecida en el Programa de Activación para el Empleo (PAE).
¿Qué pasará con el subsidio en junio?
Si solicitas esta ayuda del SEPE y llegado junio estás cobrando esta prestación, no vas a perderla, pues la reforma del subsidio por desempleo no tiene carácter retroactivo. Es decir, seguirás cobrando tu prestación el tiempo que te resta hasta su extinción. Además, si tras cobrarla no consigues reinsertarte al mundo laboral, el SEPE facilitará la transición de tu prestación al Ingreso Mínimo Vital.