Las personas que cobran prestación contributiva o subsidio por desempleo deben tener en cuenta un cambio importante en las reglas del SEPE. Cuando un desempleado que cobra prestaciones encontraba trabajo, podía elegir entre suspender su prestación o bien compatibilizarla con su trabajo. Sin embargo, con la nueva normativa incluida en la reforma del subsidio por desempleo a través del Real Decreto-ley 2/2024, la opción a elegir se elimina en algunos casos, al menos inicialmente.
En ciertas situaciones, si se cumplen los requisitos, el organismo aplica de forma automática la compatibilidad con el empleo y será el trabajador el que tenga que solicitar expresamente que no le interesa esa compatibilidad.
El SEPE reconoce la compatibilidad de oficio
El cambio clave es que el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) ya no depende de una solicitud previa del trabajador.
Cuando el SEPE detecta que una persona que cobra una prestación empieza a trabajar y se cumplen los requisitos legales, la compatibilidad se reconoce de oficio, es decir, de forma automática.
Esto ocurre tanto en la prestación contributiva como en el subsidio por desempleo, aunque las condiciones no son las mismas en ambos casos.
Qué ocurre si cobras el paro y encuentras trabajo
En el caso de la prestación contributiva, la compatibilidad automática no se aplica desde el primer día.
El SEPE reconoce el complemento de apoyo al empleo cuando se dan estas circunstancias:
- La prestación contributiva reconocida tiene una duración superior a 12 meses.
- La persona desempleada ya ha devengado los 9 primeros meses de paro.
- A partir del décimo mes, se inicia un trabajo por cuenta ajena, ya sea a jornada completa o parcial, o se mantiene un empleo a tiempo parcial que ya se estaba compatibilizando.
En estos casos, el SEPE no suspende el paro, sino que lo convierte automáticamente en complemento al empleo.
Eso sí, el trabajador puede pedir que la prestación se suspenda en lugar de compatibilizarla, pero debe hacerlo en un plazo de 15 días hábiles desde el inicio del contrato. Si no se comunica dentro de ese plazo, el SEPE entenderá que se acepta la compatibilidad y el paro se irá consumiendo mientras se trabaja.
Qué pasa si cobras un subsidio por desempleo y encuentras trabajo
La situación es distinta para quienes perciben un subsidio.
- Si una persona que cobra un subsidio empieza a trabajar en un empleo compatible:
- El subsidio se transforma automáticamente en complemento de apoyo al empleo desde el primer día.
- No existe la posibilidad de rechazar esta compatibilidad.
- El tiempo que se cobra el subsidio como complemento consume duración del subsidio, con un límite máximo de 180 días.
En este caso, la compatibilidad no es voluntaria, ya que el SEPE la aplica de oficio siempre que se cumplan los requisitos y no exista ninguna causa de exclusión.
En qué casos no se aplica la compatibilidad
El SEPE no reconoce el complemento de apoyo al empleo cuando el trabajo se realiza para:
- Empresas que tengan un ERTE en vigor.
- Empresas en las que el trabajador haya prestado servicios en los 12 meses anteriores, ya sea con contratos temporales o que lo despidieran y luego lo volverían a contratar.
- Familiares hasta segundo grado o empresas en las que se ostenten cargos directivos o de control.
Si se da alguna de estas situaciones, la compatibilidad no puede aplicarse, ni de forma automática ni a petición del trabajador.

