El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 402/2025 (Publicado en el Boletín Oficial del Estado), que regula el nuevo procedimiento que permitirá a los trabajadores de sectores donde las condiciones laborales son especialmente duras, peligrosas o insalubres poder jubilarse a partir de los 52 años sin penalización en su pensión de jubilación.
La medida se enmarca en las recomendaciones del Pacto de Toledo y en la Ley 21/2021, que persigue reforzar la sostenibilidad del sistema público de pensiones. Esta legislación contempla que determinadas actividades pueden permitir una jubilación antes de la edad ordinaria, pero nunca antes de los 52 años si presentan altos índices de morbilidad o mortalidad y si son imposibles de mejorar mediante la modificación de las condiciones laborales.
¿Quiénes podrán beneficiarse?
El decreto es aplicable tanto a trabajadores por cuenta ajena como autónomos, siempre que acrediten haber trabajado durante años en ocupaciones clasificadas como:
- Penosas (físicamente exigentes o en condiciones extremas)
- Tóxicas (exposición a agentes nocivos)
- Peligrosas (alto riesgo de accidentes)
- Insalubres (ambientes nocivos para la salud)
Sin embargo, excluye a quienes ya tengan reconocidos coeficientes reductores por normas anteriores, como marineros o mineros.
Cómo funciona el nuevo procedimiento
La solicitud de iniciar el procedimiento debe presentarse por vía electrónica y únicamente pueden hacerlo organizaciones sindicales, empresariales o administraciones públicas, dependiendo del colectivo afectado. Se deben detallar las funciones desarrolladas, la ocupación, y las razones por las que el trabajo se considera una actividad penosa y peligrosa.
Una vez admitida la solicitud, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social elaborará un informe de morbilidad y mortalidad, con datos sobre bajas médicas, enfermedades profesionales y fallecimientos. Posteriormente, se recabarán informes del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, la Inspección de Trabajo, y, si aplica, del Ministerio para la Transformación Digital.
La Comisión de Evaluación y la resolución final
Con todos los informes en mano, la Comisión de Evaluación, integrada por varios ministerios y agentes sociales, decidirá si se justifica o no aplicar los coeficientes reductores. Si se da luz verde, se tramitará un real decreto que permitirá la jubilación anticipada para el colectivo afectado. Si se rechaza, habrá que esperar cuatro años para presentar una nueva solicitud.
Edad mínima, cotizaciones y revisiones
Nadie podrá jubilarse antes de los 52 años, incluso con la reducción aprobada. Además, las empresas y trabajadores deberán pagar una cotización adicional para compensar el coste para la Seguridad Social. Los coeficientes aprobados se revisarán cada diez años, para evaluar si siguen siendo necesarios gracias a avances tecnológicos o mejoras laborales.

