viernes 31 enero 2025
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Me han contratado con un contrato 510 ¿Qué significa?

¿Tienes un contrato 510? Esto es lo que significa y las consecuencias de que no se haya realizado dentro de la legalidad.

Has comenzado a trabajar en una empresa, sabes que tu contrato es temporal, pero al descargar tu vida laboral observas que tienes el tipo de contrato 510 y no sabes realmente que quiere decir esto. El código contrato 510 es para que lo entiendas un contrato de sustitución o interinidad, es decir, la empresa te ha contratado para sustituir a un trabajador con reserva del puesto de trabajo.

Esta modalidad contractual se emplea para sustituir a un trabajador con reserva del puesto de trabajo.

Se emplea, por ejemplo, para cubrir baja, pero no puede utilizarse para cubrir vacaciones. Es más, en este artículo te vamos a indicar como debe formalizarse este contrato y que ocurre en caso contrario.

¿Contrato de trabajo 510 ¿Qué tipo es?

Si ya trabajaste anteriormente con un contrato temporal, posiblemente conozcas los ya extinguidos códigos 401 y 501 (obras y servicio) que eran de los más utilizados, junto con el de duración determinada 402 y 502.

Pero en este caso tienes un contrato 510, este es la modalidad del contrato para sustituir a un trabajador a tiempo parcial. El código para este tipo de contrato, pero a tiempo completo, es el 410. Este contrato está regulado en el artículo 15.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Es más, este código incluso puede utilizarse no solo para sustituir a un trabajador, también para completar la jornada reducida de otra persona trabajadora.

Igualmente, se puede usar para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva mediante contrato fijo. Eso sí, en este caso, su duración no puede ser superior a 3 meses.

Además de consultar tu vida laboral, también hay que revisar el contrato laboral firmado. La empresa está obligada a entregarte tu copia firmada.

¿Qué debe figurar en un contrato de sustitución?

Aunque tras la reforma laboral se ha llegado a pensar que no se pueden hacer contratos temporales, lo cierto es que se pueden hacer, aunque siempre que se justifique la razón. En realidad esto ya era así antes de la reforma laboral.

En un contrato temporal se debe especificar la causa por la que se realiza este tipo de contrato y no un indefinido. Cuando se trata de un contrato por sustitución de otro trabajador, se debe incluir el nombre de la persona trabajadora a la que se sustituye.

Esto se debe cumplimentar en el apartado «Cláusulas Específicas de sustitución de persona trabajadora«.

clausulas de un contrato para sustituir a un trabajador, contrato 410 y 510

¿Y la duración?

La duración de este contrato no tiene límite, siempre que se mantenga la causa por la cual se ha realizado. Es decir, que el trabajador a sustituir siga de baja o con jornada reducida.

¿Qué pasa si no es así?

Tal y como se indica en el Estatuto de los Trabajadores, las personas contratadas,  incumpliendo lo establecido, adquirirán la condición de fijas.

De modo que si revisas tu contrato de trabajo temporal debe estar rellenado el apartado «Cláusulas Específicas de sustitución de persona trabajadora». Si no lo está, el contrato es en Fraude de Ley y, por tanto, tendrías la condición de indefinido. Aunque para ello deberás denunciar tu situación ante la Inspección de Trabajo.

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