El 2022 trae nuevos cambios en las prestaciones del SEPE, como el aumento de la cuantĆa de los subsidios y a la vez la rebaja de requisitos para su acceso.
En los últimos meses, el número de parados ha descendido notablemente, cerrando el año 2021 con el nivel mÔs bajo de desempleados desde 2007.
A pesar de estos datos, aĆŗn quedan en la lista del SEPE 3.105.905 personas desempleadas. Muchas de ellas viven el dĆa a dĆa gracias a su prestación por desempleo. El Servicio PĆŗblico de Empleo Estatal ofrece varias ayudas destinadas a los desempleados, especialmente a los parados de larga duración.
Cuando un trabajador pierde su empleo, no siempre tiene derecho a paro, para este tipo de casos existe la ayuda de 463 euros destinada a los desempleados sin derecho a paro. Pero, ¿Y los desempleados de larga duración?
Prestaciones del SEPE para desempleados de larga duración

Si estÔs cobrando el paro, pero este pronto llegarÔ a su fin, el SEPE dispone de otra prestación que puedes solicitar una vez agotes la prestación contributiva. Hablamos de la prestación para desempleados con necesidades económicas especiales.
Esta prestación no solo estĆ” destinada a los desempleados de larga duración, tambiĆ©n la pueden solicitar las personas con discapacidad, emigrantes retornados y vĆctimas de violencia de gĆ©nero oĀ de violencia domĆ©stica.
Para cada colectivo existen unos requisitos especĆficos, pero todos han de cumplir los siguientes requisitos comunes.
Requisitos Renta Activa de Inserción (RAI)
Ser menor de 65 aƱos y estar desempleado e inscrito como demandante de empleo AdemĆ”s serĆ” necesario que no tener rentan superiores al 75% del Salario MĆnimo Interprofesional, excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Con la Ćŗltima subida del SMI este lĆmite se establece en 723,75 euros.
En cuanto a los requisitos especĆficos:
Desempleados de larga duración.
- Tener 45 aƱos o mƔs.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante 12 meses o mƔs.
- Acreditar la bĆŗsqueda activa de empleo (BAE)
Personas con discapacidad.
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante 12 meses o mƔs.
- Acreditar la bĆŗsqueda activa de empleo (BAE)
Emigrantes retornadas.
- Tener 45 aƱos o mƔs.
- Haber trabajado en el extranjero al menos 6 meses desde su última salida de España y haber retornado en los 12 meses anteriores a la solicitud.
VĆctimas de violencia de gĆ©nero o de violencia domĆ©stica.
- Tener acreditada por la Administración competente la condición de vĆctima de violencia de gĆ©nero o domĆ©stica, salvo cuando conviva con la persona agresora.
- Estar inscrita como demandante de empleo durante 12 meses o mƔs.
Esta prestación tiene una duración de 11 meses y se puede solicitar hasta 3 veces, dependiendo del colectivo, estas tres veces pueden ser seguidas. Es el caso de las vĆctimas de violencia de gĆ©nero y personas con discapacidad que pueden cobrar los 33 meses seguidos.
Subsidio destinado a mayores de 45 aƱos.
Como su nombre indica esta prestación de 463.20 euros estÔ destinada para aquellos desempleados que han agotado su prestación contributiva y que tienen una edad comprendida entre los 45 y 52 años y no tienen cargas familiares.
Para solicitar esta prestación es necesario estar desempleado e inscrito como demandante de empleo. Asà como viene siendo normal en el SEPE también se debe suscribir el compromiso de actividad y carecer d rentas superiores al 75% del SMI.
Esta prestación se debe solicitar un mes después de la perdida del paro, es lo que se conoce como mes de carencia.
La duración de esta prestación serÔ de 6 meses de duración.
Subsidio para mayores de 52 aƱos
Este subsidio es parecido al anterior, pero con varias diferencias. La primera lógicamente la edad, esta prestación estÔ destinada a los mayores de 52 años.
Sin embargo, las diferencias mĆ”s notables es que se cobra de forma hasta que se alcanza la edad legal de jubilación y que ademĆ”s cotiza a la Seguridad Social. Esto se debe a que este subsidio estĆ” destinado a proteger a los trabajadores que pierden su empleo en la etapa final de su vida laboral. En 2022 presenta una serie de novedades que hemos detallado en este artĆculo.
Ayuda para desempleados con cargas familiares
En el caso de agotar la prestación contributiva y tener cargas familiares y no tener derecho a otros subsidios por desempleo el SEPE ofrece una prestación especial.
Los requisitos son los mismos que el resto de subsidios, con la diferencia que hay que tener responsabilidades familiares tal y como indica el SEPE en su pƔgina web.
Se cobra 463,20 euros al mes y la duración dependerÔ de la duración del paro cobrado y la edad que se tenga, siguiendo lo siguiente:
- Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrÔ derecho a totalizar 18 meses.
- Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrÔ derecho a totalizar 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrÔ derecho a totalizar 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrÔ derecho a totalizar 30 meses.
Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED)
El Subsidio Extraordinario por Desempleo estĆ” destinado a los desempleados que agoten cualquiera de las anteriores prestaciones.
Para solicitarla se debe carecer de rentas de cualquier naturaleza, superiores al cómputo mensual al 75% del SMI y acreditar responsabilidades familiares.
La duración mĆ”xima es de 180 dĆas, es decir 6 meses y solo puede solicitarse una vez.
Ingreso MĆnimo Vital
Con la nueva ley del ingreso MĆnimo Vital, a partir del 1 de enero de 2020 los desempleados que agoten su prestación del SEPE pasarĆ”n a cobrar el IMV.
El Real Decreto Ley 19/2021 recoge esta medida para proteger a los desempleados y garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral a partir de 2022. De modo, que estos desempleados no se vean desprotegidos y en riesgo de pobreza extrema al quedar sin ningún tipo de ingreso.
AdemÔs, serÔ el SEPE el encargado de tramitar la prestación, por lo que los parados no tienen que acudir a la Seguridad Social para solicitarla.

