sábado 1 febrero 2025
EmpleoJob | Noticias de trabajo, prestaciones y ayudas

Prórroga de los ERTEs: ¿cuánto es la prestación y cuáles están en vigor hasta el 31 de enero?

El Consejo de Ministros ha aprobado un real dereto-ley por el que se prorroga hasta el 31 de enero de manera automática los  Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).

Esta nueva prórroga llega tras el acuerdo  «in extremis» con los sindicatos y la patronal tras el tira y afloja en varias cuestiones como los sectores que podrían acogerse a los ERTE en esta nueva prórroga, en los que el Gobierno pensaba dejar fuera a un sector tan afectado como la Hostelería, aunque finalmente no será así.

El Gobierno ha creado dos nuevos ERTEs, los ERTEs de impedimento de la actividad y los ERTEs de limitación de actividad, a las que podrán acogerse todas las empresas que debido a las medidas de restricciones o medidas de contención afecten al desarrollo de su actividad.

¿Qué exoneraciones tienen estos dos nuevos tipos de ERTE?
  • Los ERTEs de impedimento de la actividad, las exoneraciones serán a partir del 1 de octubre del 100 % cuando se impida la actividad de la empresa (se asimila a un cierre) si esta tiene menos de 50 trabajadores, y del 90 % si es más grande.
  • Los ERTEs de limitación de actividad, las exoneraciones serán las exoneraciones serán del 100 % en octubre, del 90 % en noviembre, del 85 % en diciembre y del 80 % en enero de 2021 si la empresa tenía menos de 50 trabajadores el 29 de febrero. En el caso de que la empresa contara con más, las exoneraciones bajan al 90 %, 80 %, 75 % y 70 %, respectivamente.
¿Qué empresas pueden acogerse?

Estas nuevas modalidades podrán solicitarlas tanto las empresas con un ERTE anterior por fuerza mayor que hubiesen renunciado a él como empresas con un ERTE parcial, que es hayan visto afectadas por las nuevas medidas de restricción. También podrán solicitarlos las empresas que no hayan solicitado ningún tipo de ERTE por coronavirus.

El Ministerio de Trabajo ha aclarado que si una empresa ya tuviera un ERTE de otro tipo, este queda latente y puede volver a él cuando termine el rebrote.

A pesar de que se mantiene el acuerdo que impide despedir en seis meses a partir de la primera reincorporación de un trabajador o de medio año a partir de la entrada en vigor del real decreto-ley siempre que se solicite un ERTE por primera vez, las empresas podrían despedir,  aunque este se consideraría un despido improcedente y la indemnización será mayor, (30 días por año trabajado en lugar de 20 días).

Las empresas que estén acogidas a un ERTE, no podrán pedir a sus trabajadores la realización de horas extraordinarias, ni establecer nuevas externalizaciones de la actividad, al igual que contratar nuevo personal.

En cuanto a la cuantía de la prestación, los trabajadores seguirán cobrando el 70 % de la base reguladora, independientemente del tiempo en el que esté dentro del expediente.

Tampoco consumirán paro, como se estableció en las anteriores prórrogas. Por último, también se incluye una prestación extraordinaria para los trabajadores temporales, a tiempo parcial y fijos discontinuos, ya que al no haber podido desempeñar su labor profesional durante esta temporada no han podido generar prestación alguna.

Archivado en:
Relacionados
Lo más leído