¿Hiciste prácticas antes de 2024? La Seguridad Social permite sumar hasta cinco años de cotización

Quienes realizaron prácticas antes de que estas comenzaran a cotizar con carácter general pueden recuperar hasta 1.825 días de cotización mediante un convenio especial. Para ello deberán cumplir los requisitos establecidos y abonar las cuotas correspondientes.

Las prácticas en empresas han sido durante años el primer contacto con el mercado laboral para muchos estudiantes. Sin embargo, quienes las realizaron cuando todavía no existía la obligación de cotizar no vieron reflejado ese tiempo en su vida laboral. Ahora desde la Seguridad Social ofrecen la posibilidad de recuperar hasta cinco años de cotización mediante un convenio especial para quienes realizaron prácticas antes de que estas comenzaran a cotizar con carácter general. No se trata del convenio especial con la Seguridad Social que casi todos conocemos, este está destinado solo a quienes hicieron prácticas antes del 2024.

La medida permite incorporar esos periodos al historial de cotización de cara a la jubilación, aunque no se aplica de forma automática. Este procedimiento está regulado por la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril que fija los requisitos para suscribir este convenio especial.Será necesario presentar una solicitud, acreditar que se realizaron las prácticas y abonar las cuotas correspondientes para que esos días puedan computar.

¿Quién puede acogerse a este convenio especial?

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Este convenio está dirigido a quienes realizaron prácticas académicas antes de que comenzaran a cotizar de forma obligatoria. Entre ellos se encuentran alumnos universitarios, estudiantes de Formación Profesional, salvo quienes cursaron la modalidad intensiva, así como alumnos de enseñanzas artísticas superiores, profesionales y deportivas. También pueden acogerse otros colectivos previstos expresamente en la normativa, como determinados investigadores que participaron en programas de formación antes de las fechas establecidas.

Desde el 1 de enero de 2024, todas las prácticas formativas, tanto remuneradas como no remuneradas, generan cotización (aunque hay dos tipos de prácticas que siguen sin cotizar). Este convenio permite que quienes las realizaron con anterioridad puedan recuperar esos periodos, siempre que cumplan las condiciones exigidas.

Hasta 1.825 días más de cotización para la jubilación

El convenio permite añadir un máximo de 1.825 días de cotización (5 años), el equivalente a cinco años. Estos periodos se tendrán en cuenta para prestaciones como la jubilación, la incapacidad permanente o las prestaciones por fallecimiento y supervivencia derivadas de contingencias comunes.

En cambio, estas cotizaciones no generan derecho a la prestación por desempleo ni cotizan para el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) o el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).

Cuánto cuesta recuperar estas cotizaciones

La incorporación de estos periodos a la vida laboral requiere el pago de las cuotas correspondientes. La Seguridad Social calcula el importe tomando como referencia la base mínima de cotización del grupo 7 del Régimen General vigente en cada periodo objeto de cómputo y aplica posteriormente el coeficiente reductor previsto en la normativa.

El pago puede realizarse en un único ingreso o de forma fraccionada, con un máximo de 84 mensualidades. Si se produce el impago en los supuestos previstos por la norma, únicamente se reconocerán como cotizados los periodos ya abonados.

Cómo solicitarlo y cuál es el plazo

Las personas interesadas deberán presentar la solicitud antes del 31 de diciembre de 2028 a través de la Seguridad Social y aportar un certificado emitido por la universidad o el centro educativo que acredite la realización de las prácticas. Cuando el documento solo refleje el número de horas, la normativa establece que cada ocho horas se computarán como un día de prácticas.

Una vez presentada la documentación, la Administración dispone de seis meses para resolver la solicitud. Si transcurre ese plazo sin una resolución expresa, el silencio administrativo tendrá carácter estimatorio, según recoge la normativa que regula este convenio especial.

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