La pillaron rebuscando en las pertenencias privadas de su jefe, firmó un acuerdo aceptando el despido y alegó que la coaccionaron: logra que la Justicia declare improcedente el cese

El TSJ de Madrid rechaza que la trabajadora firmara bajo coacción, pero declara improcedente el despido porque la empresa no tramitó el expediente disciplinario obligatorio.

La pillaron registrando las pertenencias privadas de su jefe, reconoció los hechos y firmó un acuerdo aceptando el despido, pero terminó demandando alegando que la coaccionaron para firmar ese acuerdo. Sin embargo, termino demandando y la Justicia le ha dado la razón en parte, ha declarado el despido improcedente y obliga al empresario a readmitirla o indemnizarla con 21.686,40 euros.

Es lo que ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en su sentencia nº 246/2026 (STSJ M 4959/2026).

Entró en el dormitorio privado de su jefe

Anuncios

La mujer trabajaba como recepcionista desde 2001 en una clínica situada en el mismo inmueble donde residían el empresario y su esposa.

Según los hechos probados la trabajadora accedió al dormitorio privado del empleador y su cónyuge. Permaneció allí durante unos veinte minutos, abrió cajones y armarios, y revisó distintos efectos personales. También entró en un despacho privado y cogió una carpeta de una estantería.

Días después, el empresario la convocó a una reunión en la clínica a la que también acudió la esposa de este, una vecina y una abogada. Allí le entregaron la carta de despido disciplinario y le comunicaron que había sido grabada mientras rebuscaba en el dormitorio y que sospechaban que faltaba dinero.

La trabajadora reconoció las acusaciones e incluso pidió perdón y explico que tenía un problema personal que no podía contar en su casa.

Junto con la carta de despido se le entregó un acuerdo transaccional redactado por el empresario. En ese documento aceptaba la procedencia del despido, admitía la comisión de una falta muy grave y renunciaba a presentar reclamaciones posteriores por la extinción de su contrato.

Alegó que firmó el acuerdo bajo coacción

A pesar de firmar el acuerdo la trabajadora decidió demandar e impugnar su despido alegando que el acuerdo firmado no era válido porque lo había firmado en una situación de presión. Afirmó que fue convocada mediante engaño, que se encontró rodeada de varias personas y que no contó con asesoramiento propio en el momento de firmar.

Por ello, alegó que existió un vicio en el consentimiento, es decir, que su firma no fue realmente libre.

Pero el Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid le dio la razón al empresario y desestimó la demanda de la trabajadora, dando por válido el acuerdo firmado.

El giro llegó por un trámite que la empresa no hizo

Sin embargo, tras elevar su caso al Tribunal Superior de Justicia, el caso dio un giro. Aunque el tribunal volvió a rechazar que el acuerdo fuera firmado bajo coacción, ya que según los hechos, la trabajadora reconoció lo sucedido, pidió disculpas y terminó la reunión con un abrazo a la esposa del empresario.

No obstante, aunque descartó la coacción, el tribunal sí detectó un problema clave a la hora de proceder con su despido.

El convenio colectivo aplicable exigía abrir un expediente contradictorio antes de imponer una sanción por falta muy grave. Es decir, no le dieron audiencia previa. Este trámite permite al trabajador conocer formalmente los hechos que se le imputan y defenderse antes de que la empresa adopte la sanción definitiva.

En este caso, le comunicaron directamente el despido sin tramitar ese expediente previo. Para la Sala, el acuerdo firmado después no podía corregir ese defecto. El despido ya se había producido cuando la trabajadora firmó el documento, por lo que la decisión empresarial nació incumpliendo una garantía obligatoria.

Por este motivo declaran el despido improcedente, dando a elegir entre la readmisión de la trabajadora o bien indemnizarla con 21.686,40 euros.

Además, si opta por la readmisión, también tendrá que pagarle los salarios de tramitación  desde la fecha del despido hasta su reincorporación efectiva.

Relacionado
Últimas Noticias