La Justicia ha confirmado la sanción a una trabajadora que utilizó un mismo sistema hasta en cuatro ocasiones para cobrar el paro de forma fraudulenta y utilizarlo para montar empresas.
La empleada simulaba una situación de desempleo para acceder a la prestación y cobrarla en la modalidad de pago único, es decir, recibir todo el dinero de golpe para invertirlo en una sociedad.
Según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, no se trataba de un hecho aislado, sino de un esquema repetido durante años con el mismo objetivo, financiar nuevas empresas con dinero público.
Cómo era el fraude: baja voluntaria, tres meses y paro
El mecanismo detectado por la Inspección de Trabajo seguía siempre el mismo patrón.
Primero, la trabajadora causaba baja voluntaria en su empresa. Después, firmaba un contrato temporal de corta duración, normalmente de unos tres meses, que es el tiempo mínimo que exige el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para estar en situación legal de desempleo con un nuevo contrato tras una baja voluntaria.
Precisamente ese paso era clave para su sistema, ya que al poder acceder a la prestación por desempleo, podía solicitar el pago único y así poder crear una nueva sociedad.
Cuatro empresas creadas con el mismo sistema
La investigación acreditó que este esquema no se utilizó una sola vez. El mismo grupo había creado hasta cuatro sociedades laborales en distintos momentos, repitiendo el mismo proceso en 2009, 2016 y 2023.
En todos los casos, el patrón era idéntico:
- Primero generar una situación de desempleo
- Segundo cobrar el paro y utilizar ese dinero como inversión inicial para nuevas empresas, que además solicitaban subvenciones públicas.
Precisamente por las subvenciones públicas es por donde se ‘tiró del hilo’ para descubrir este esquema fraudulento. La administración detectó que varias de las nuevas sociedad creadas tenían los mismos socios, compartían dirección y actividad y estaban relacionadas con una empresa anterior. Esto levantó sospechas de que no eran proyectos independientes, sino una continuidad encubierta.
Mismo local, mismas funciones y usaban los mismos medios
Fue entonces cuando los inspectores acudieron al lugar y comprobaron que todos trabajaban en el mismo local, realizaban las mismas funciones y usaban los mismos medios. Es decir, no había un cambio real de actividad, solo un cambio ‘sobre el papel’.
Entonces la Inspección de Trabajo cruzó datos con la Seguridad Social, SEPE y el registro Mercantil y fue cuando detectaron el patrón:
- Bajas voluntarias en cadena (varios de los trabajadores causaban baja el mismo día)
- Contratos temporales muy concretos (firmaban contratos similares y terminaban en fechas casi idénticas).
- Acceso al paro justo después
Todo encajaba en el mismo esquema repetido. Por ello, con el acta de la Inspección de Trabajo, el SEPE procedió a comunicarle que debía devolver su prestación por fraude.
La Justicia confirma que no había desempleo real y tendrá que devolver la prestación cobrada
El caso finalmente llegó a los tribunales y el Tribunal Superior de Justicia de Murcia en su sentencia 138/2026 (STSJ MU 180/2026) ha dado la razón al SEPE y confirma que no existía una pérdida real del empleo para acceder a la prestación.
El tribunal concluye que en muchos casos, los trabajadores seguían realizando la misma actividad, en el mismo entorno y con las mismas personas, pero bajo otra fórmula jurídica.
Por eso, la sentencia considera que hubo una “creación artificiosa” del desempleo con el único objetivo de acceder a prestaciones y ayudas que no les correspondían.
Por tanto, la trabajadora pierde el derecho a la prestación por desempleo y deberá devolver las cantidades cobradas.
Además, este tipo de infracción está considerado como muy grave, lo que puede implicar sanciones adicionales.

