Despedido sin indemnización tras 12 años como formador: se iba de bares en horario laboral en lugar de dar cursos

La Justicia avala el despido tras comprobar que el trabajador no cumplía su jornada, consumía alcohol y falseaba su actividad

Doce años en la empresa y con total libertad para organizar su jornada laboral, así era el trabajo de este formador que desarrollaba prácticamente toda su jornada fuera de la empresa, ya que su cometido era impartir cursos.

Sin embargo, la empresa descubrió que pasaba la mayor parte de su jornada en bares e incluso los cursos que debía impartir los recortaba o comunicaba actividades que en realidad nunca realizaba.

Anuncios

La historia terminó con un despido disciplinario sin derecho a indemnización a pesar de su larga trayectoria en la empresa. A pesar de que impugnó su despido, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León lo ha avalado y lo declara procedente al considerar que incumplió gravemente sus obligaciones laborales.

Un puesto de confianza con total autonomía

El trabajador ocupaba un puesto de responsable de formación, con funciones que iban más allá de impartir cursos. También debía captar clientes y gestionar su actividad comercial.

Su jornada, de lunes a viernes, contaba con flexibilidad horaria, ya que gran parte de su trabajo se desarrollaba fuera del centro de trabajo. Esto implicaba que la empresa dependía en gran medida de su responsabilidad y buena fe.

La empresa sospecha y recurre a detectives

Las primeras alarmas saltaron cuando otros trabajadores detectaron que no respondía correos y no quedaba claro qué tareas estaba realizando. Ante estas dudas, la empresa decidió contratar un servicio de detectives privados.

El seguimiento, realizado en varios días de marzo y abril, reveló un patrón repetido y es que  el trabajador dedicaba buena parte de su jornada a hacer un ‘tour’ de bares.

Horas en bares y consumo de alcohol en horario laboral

Los informes de los detectives reflejan que el trabajador:

  • Pasaba horas en distintos bares durante su jornada
  • Consumía vino y cerveza en horario de trabajo
  • Se desplazaba entre locales utilizando el vehículo de empresa

En algunos días, tras acudir brevemente a una empresa o al centro de trabajo, se dirigía a varios establecimientos hosteleros donde permanecía durante horas.

Uno de los aspectos más destacables del caso es que el trabajador sí llegaba a impartir algunos cursos, pero no cumplía con el resto de su jornada. Pero no solo eso, también informaba de visitas comerciales que no existían o directamente no reportaba actividad alguna.

Todo esto fue ‘permitido’ por la falta de control dado la confianza depositada en el trabajador y que unido a su autonomía, le permitió ocultar durante un tiempo su comportamiento, hasta que fue verificado por los detectives.

Fue entonces cuando la empresa le entregó la carta de despido disciplinario acusándole de incumplimiento de la jornada laboral, consumo de alcohol en horario de trabajo, uso indebido del tiempo y del coche de empresa y de falsear o no informar de su actividad.

El trabajador alegaba que sí cumplía con su trabajo

El trabajador decidió acudir a los tribunales para que su despido se declarará improcedente, ya que así la empresa tendría o bien readmitirlo o pagarle una indemnización.  Además del despido también reclamaba dinero pendiente que le debía la empresa e incluso que tenía más antigüedad en la empresa.

Su principal defensa fue que sí cumplía con su trabajo, especialmente la de impartir los cursos programados y que tenía flexibilidad horaria, por lo que le permitía organizarse su jornada de trabajo, por lo que no tenía que estar siempre en la empresa, ya que parte del trabajo era externo.

También intento restar importancia a los hechos, como el consumo de alcohol, que no era algo recurrente, así como justificar sus desplazamientos utilizando el coche de empresa.

La Justicia lo tiene claro, su despido está justificado

Tango el Juzgado de lo Social como luego el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en su sentencia de diciembre de 2025 (STSJ CL 5372/2025) confirmaron su despido.

El tribunal considera que aunque impartiera formación, su jornada era de 8 horas, y el resto del tiempo lo dedicó a actividades personales, es decir trabajar una parte no justifica incumplir el resto de la jornada.

En cuanto a la flexibilidad señalo que esta no le permite incumplir su jornada ni usar ese tiempo para actividades personales. Sobre el consumo de alcohol, el tribunal dejó claro que su comportamiento fue repetido en varios días en los que visitaba bares, consumía alcohol durante su jornada de trabajo, no hacia su trabajo e informaba mal a la empresa haciéndola creer que estaba trabajando. Por tanto, no es algo puntual, sino una conducta continuada.

En lo referente a aumentar su antigüedad para así conseguir una mejor indemnización, el tribunal lo rechazó porque parte de ese tiempo fue como trabajador autónomo y no puedo acreditar que existiera una relación laboral.

Para el tribunal, el elemento determinante es la ruptura de la buena fe contractual. En un puesto con autonomía, la confianza es esencial.

El hecho de incumplir la jornada, consumir alcohol y falsear la actividad supone una quiebra grave de esa confianza, suficiente para justificar el despido. Por tanto, confirma su salida de la empresa sin derecho a indemnización.

Relacionado
Últimas Noticias