El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha confirmado la condena de 13 años de prisión a un trabajador del Servicio Extremeño de Salud (SES) por acceder de forma reiterada y sin autorización a los historiales médicos de varios familiares utilizando los sistemas informáticos del hospital donde trabajaba.
La Sala de lo Civil y Penal desestima íntegramente el recurso interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz y ratifica la pena de tres años y tres meses de prisión por cada uno de los cuatro delitos continuados de descubrimiento y revelación de secretos cometidos por funcionario público.
Acceso a datos sanitarios desde el puesto de trabajo
Según recoge la resolución STSJ EXT 1298/2025, el condenado trabajaba en un hospital extremeño y tenía acceso al sistema informático sanitario “JARA Asistencial”, destinado a la gestión administrativa y asistencial de los pacientes. Aprovechando ese acceso profesional, entre los años 2017 y mayo de 2022 consultó de manera reiterada datos médicos y de salud de cuatro familiares de su esposa.
Las personas afectadas eran su cuñado, la esposa de este y los dos hijos del matrimonio. Los accesos se realizaron sin su conocimiento ni consentimiento y sin justificación asistencial. Además, el tribunal subraya que el acusado había roto la relación familiar con ellos desde el año 2017.
Durante el periodo investigado se acreditaron centenares de accesos a los historiales médicos, algunos de ellos repetidos de forma sistemática.
Daño moral y condena penal
La sentencia considera probado que estos accesos indebidos provocaron daño moral en tres de los afectados, con sentimientos de frustración, zozobra e impotencia. Por este motivo, el tribunal impone una indemnización de 6.000 euros a cada uno de ellos en concepto de responsabilidad civil.
Además de la pena de prisión, el trabajador ha sido condenado a seis años de inhabilitación absoluta, al pago de una multa de 21 meses con una cuota diaria de 8 euros y al abono de las costas judiciales.
Posibles consecuencias laborales
Aunque la sentencia se dicta en el ámbito penal y no impone directamente una sanción laboral, los hechos probados describen una conducta que encaja como falta muy grave en el ámbito del empleo público. El acceso injustificado a datos personales desde los sistemas del trabajo puede dar lugar al despido disciplinario o, en el caso de personal estatutario, a la separación del servicio.
La propia inhabilitación absoluta acordada por el tribunal impide al condenado ejercer funciones en la Administración durante el tiempo fijado en la sentencia.
La resolución no es firme
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura asume íntegramente los hechos declarados probados en primera instancia y considera correcta la valoración de la prueba realizada por la Audiencia Provincial de Badajoz. No obstante, la sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

