Un trabajador logra que anulen su sanción de 60 días de empleo y sueldo y la empresa deberá indemnizarlo con 7.500 € por vulnerar sus derechos

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado la nulidad de una sanción de 60 días de empleo y sueldo impuesta a un trabajador. Pero la cosa no queda ahí, también deberán indemnizar al trabajador con 7.500 euros. ¿La razón? La sanción que se le aplicó fue una represalia por su denuncia ante la Inspección de Trabajo.

Este caso gira en torno a un trabajador que llevaba prestando servicios en la empresa desde 2017 desempeñando funciones en el almacén y además formaba parte del comité de empresa como delegado de prevención y por ello recibía un salario bruto de 7.480 euros.

Su advertencia de denunciar a la Inspección de Trabajo provocó su sanción

Anuncios

Los hechos que dieron lugar a la sanción se remontan a enero de 2023. Durante dos jornadas distintas, los días 18 y 25, se produjeron tensos intercambios entre el trabajador sancionado y el responsable del almacén. En una de esas ocasiones, el trabajador le recriminó públicamente que estaba «gestionando mal el almacén», y días después, le advirtió que «iba a haber denuncias para todos».

En efecto, tras los incidentes, el Comité de Empresa, del cual él y otros trabajadores formaban parte, presentó varias denuncias ante la Inspección de Trabajo. La empresa, por su parte, decidió abrir un expediente disciplinario el 7 de febrero de ese año, que culminó con la sanción de 60 días de suspensión impuesta el 28 de febrero.

La empresa lo sancionó por una falta muy grava por «malos tratos de palabra y falta de respeto». El trabajador, sabiendo que esa acusación no se sostenía, decidió impugnarla ante el juzgado, más aún porque lo dejaban sin cobrar durante dos meses. No obstante, aunque en este caso hay una suspensión de sueldo, es importante recordar este importante consejo de un abogado laboralista:

Si retiraba la denuncia, la empresa le quitaba la sanción

Uno de los hechos más determinantes para justificar que la sanción fue una medida de represalia fue la actuación del Director General de la empresa, quien manifestó al comité que estaría dispuesto a retirar las sanciones si se retiraban las denuncias presentadas ante la Inspección de Trabajo.

La justicia anula la sanción y condena a la empresa a indemnizar al trabajador por represalias

Tanto el Juzgado de lo Social número 3 de Pamplona como el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en su sentencia 302/2025, dejaron sin efecto la sanción de la empresa. El tribunal señaló que no se encontraron pruebas suficientes para justificar que las acciones denunciadas pudieran tener la calificación de falta muy grave. Es más, lo único que quedó acreditado fue la advertencia de que se interpondrían denuncia, una expresión que no alcanza, según el tribunal, la gravedad necesaria para una sanción tan severa, especialmente al provenir de un representante legal de los trabajadores.

Pero no solo dejó sin efecto la sanción al trabajador, también condenó a la empresa a indemnizarlo por vulnerar su garantía de indemnidad. Gracias a las pruebas aportadas por el trabajador quedó demostrado que la sanción fue una represalia, más aún cuando la empresa ofreció dejarla sin efecto si retiraba la denuncia a la Inspección de Trabajo.

Relacionado
Últimas Noticias