El abogado laboralista Juanma Lorente, conocido en redes como @juanmalorente_laboralista, advierte sobre tres tipos de sanciones que algunas empresas imponen de forma indebida y que, según la legislación laboral vigente en España, son completamente ilegales. Aunque muchas veces los trabajadores las aceptan por desconocimiento o miedo a represalias, es importante saber que pueden y deben reclamarse.
Las tres sanciones laborales que nunca pueden imponerte
El artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores permite que las empresas puedan sancionar a sus trabajadores si hay incumplimientos laborales, pero no tienen carta blanca para aplicar sanciones a su antojo. Aunque seguramente hay más sanciones que son ilegales y que muchas empresas aplican, estas suelen ser las más habituales.
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Quitar sueldo como sanción disciplinaria
Una de las prácticas más frecuentes y abusivas es que la empresa descuente dinero directamente de la nómina del trabajador como forma de castigo por algún error o incumplimiento. Los trabajadores que sufren este tipo de sanción se pregunta si realmente la empresa puede sancionarlos con menos salario en la nómina.
Tal y como confirma Lorente, la respuesta es que no. Únicamente te pueden sancionar con sueldo si esa sanción incluye también la suspensión de empleo. Es decir, te pueden suspender de empleo y sueldo y evidentemente no cobrarás ese tiempo trabajado, pero nunca puede ser una sanción únicamente de quitarte dinero de la nómina y seguir trabajando gratis.
Ahora bien, hay casos, por ejemplo en puestos donde se maneja dinero en efectivo como los puestos de cajero o dependientes de tiendas existe lo que se conoce como el plus de quebrando de moneda, un extra que reciben los trabajadores por el manejo en dinero en metálico y que se cobra precisamente para cuando hay descuadres de caja. La empresa solo puede descontar dinero de ese plus.
También es importante aclarar que una sanción económica podría ser posible en el caso de un trabajador rompiera material de trabajo por un uso no adecuado. En esta caso la sanción sería para reponer el material.
Quitar días de vacaciones como castigo
Otra sanción ilegal que Juanma Lorente señala como más común de lo que debería es la de reducir los días de vacaciones por algún error o comportamiento en el trabajo.
En España, los trabajadores tienen derecho a 30 días naturales de vacaciones al año, y no se pueden perder ni reducir por motivos disciplinarios. Cualquier intento de la empresa de castigar restando vacaciones constituye una infracción.
El punto tres del artículo 58 del Estatuto de los trabajadores lo deja claro: no se pueden imponer sanciones que consistan en la reducción de la duración de las vacaciones y otra minoración de los derechos al descanso del trabajador o multa de haber.
Obligarte a hacer horas extras por errores cometidos
Una sanción que suena más a un castigo de colegio como afirma Lorente y que no es legal hacerlo en lo laboral y es obligar a los trabajadores a quedarse más allá de su horario laboral para corregir errores o terminar tareas que no han completado durante su jornada.
Esta práctica, aunque pueda parecer razonable en algunos contextos, también es ilegal si no hay acuerdo ni compensación. Tal y como aclara Lorente, Si tienes un contrato de 4 u 8 horas diarias, la empresa no puede obligarte a trabajar más porque algo no salió bien. Si te exigen quedarte más tiempo sin pagarlo o compensarlo, estás en tu derecho de terminar tu jornada y marcharte.

