El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora de una empresa de logística acusada de acosar e intimidar a sus compañeros de trabajo. Dicha trabajadora era la mujer del Gerente y tal vez pensó que eso le daba cierta impunidad para hacer lo que quisiera. Sin embargo, ahora se ha visto sin empleo y además sin indemnización tras trabajar en la empresa tras 12 años en la empresa.
Insultos y desprecio diario al equipo
La trabajadora, que ocupaba el cargo de mozo especialista desde 2011, tenía un comportamiento irrespetuoso hacia sus compañeros, a los que insultaba diariamente con expresiones como «vagos«, «asquerosos» y «funcionarios«. También imponía condiciones térmicas incómodas en el lugar de trabajo, como abrir puertas y ventanas en invierno, apagar luces durante las tareas de carga y descarga, o dirigir un ventilador directamente hacia los demás empleados, lo que obligó a algunos a protegerse colocando cartones bajo sus mesas.
El ambiente laboral se volvió tan insostenible que varios trabajadores trasladaron la situación al gerente del centro, quien era además el esposo de la trabajadora. Este respondió que se desentendía del conflicto alegando: “Yo soy parte, no voy a hacer nada”.
Pese a la pasividad del gerente, la empresa inició un expediente contradictorio el 11 de abril de 2023, dando opción a la trabajadora a formular alegaciones, las cuales presentó el 17 del mismo mes. Sin embargo, un día después de comunicar a la empresa que se sentía acosada por sus compañeros, el 27 de abril recibió la carta de despido disciplinario.
En la carta se detallaba tal y como denunciaron sus compañeros que manipulaba el entorno para incomodar al resto del equipo. Por ejemplo, desplazaba una mampara del aparcamiento para obligar a un repartidor a bajarse del vehículo, o retiraba calefactores del baño masculino.
La trabajadora reclama su despido
La trabajadora decidió impugnar su despido solicitando la nulidad al considerar que se habían vulnerado sus derechos fundamentales. Sin embargo, el Juzgado de lo Social número 1 de Avilés rechazó sus alegaciones y confirmó la procedencia de su despido disciplinario.
La trabajadora recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, alegando, entre otras cosas, que las faltas estaban prescritas y que la sanción era desproporcionada. Sin embargo, el tribunal en su sentencia 532/2025 rechazó sus alegaciones porque no las había mencionado durante el juicio inicial. Según las normas del proceso laboral, no se pueden introducir argumentos nuevos, ya que esto crearía indefensión a la otra parte.
El tribunal consideró suficientemente acreditado el comportamiento intimidatorio y humillante de la trabajadora, aprovechando su vínculo con el gerente. Señaló que su actitud generaba un “ambiente laboral insostenible y tóxico”, lo que justifica el despido según lo previsto en el artículo 65.10 del Convenio Colectivo General de la Industria Química.
De modo, que pese a llevar más de 12 años en la empresa y su vínculo con el gerente del que intentó aprovecharse para maltratar al resto de compañeros, se irá de la empresa con una mano por delante y otra por detrás. Es decir, sin trabajo, sin derecho a indemnización, ni salarios de tramitación, tal como reclamaba.

