CaixaBank tendrá que indemnizar a su trabajador despedido en diciembre de 2022, el cual fue despedido porque había gestionado créditos y operaciones bancarias para sociedades en condiciones irregulares, sin comunicarlo a la Unidad de Prevención del Blanqueo de Capitales. El trabajador era Director de la Oficina y fue investigado en el procedimiento judicial por el caso conocido como “Operación Titella”, contra una red internacional de estafadores.
Su despido ha llegado hasta el Tribunal Supremo que en su sentencia (se puede leer en el Poder Judicial) ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por CaixaBank y, por tanto, confirma la improcedencia del despido y la entidad bancaria tendrá que indemnizarlo.
Despido improcedente
El caso se originó en el Juzgado de lo Social número 23 de Madrid, tras presentar la demanda contra CaixaBank para impugnar su despido disciplinario sin derecho a indemnización. La empresa alegaba que el Director de Oficina había gestionado créditos y operaciones bancarias para sociedades en condiciones irregulares, sin comunicarlo a la Unidad de Prevención del Blanqueo de Capitales.
El trabajador, en su rol dentro de la entidad bancaria, facilitó la operativa de cinco sociedades cuyos administradores no coincidían con las personas que gestionaban las transacciones. Entre junio y noviembre de 2018, participó en la concesión de créditos por un total de 1.775.000 euros, de los cuales algunas operaciones resultaron fallidas o fueron vendidas a un fondo.
Además, la empresa alegó que el empleado no reportó movimientos sospechosos, como transferencias circulares entre estas sociedades por un monto total de 147.551 euros. En 2019, una auditoría interna detectó estas irregularidades, pero CaixaBank no tomó medidas inmediatas contra el trabajador.
A pesar de las pruebas presentadas, el juzgado terminó declarando en septiembre de 2023 el despido como improcedente. Tanto CaixaBank como el trabajador recurrieron la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La sentencia inicial, dictada en septiembre de 2023, determinó que el despido fue improcedente. CaixaBank y el trabajador recurrieron la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Improcedente por prescripción de las faltas
Al igual que el Juzgado de lo Social, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaró el despido como improcedente, condenando a la entidad bancaria a indemnizar al trabajador.
Uno de los puntos clave del caso fue la prescripción de las supuestas faltas. El Tribunal determinó que la empresa tuvo conocimiento de los hechos en 2019, cuando se realizó la primera auditoría. Sin embargo, no adoptó ninguna medida disciplinaria hasta diciembre de 2022, tras una segunda auditoría y en el contexto de la investigación penal de la “Operación Titella”.
El tribunal concluyó que la entidad bancaria dejó pasar demasiado tiempo sin actuar y que su decisión de despedir al trabajador estuvo influenciada por la causa penal en curso. Esto invalidó la justificación del despido y llevó a su declaración como improcedente.
El recurso de CaixaBank y su inadmisión
Con las dos primeras batallas legales perdidas, CaixaBank utilizó el último cartucho que le quedaba, que era acudir al Tribunal Supremo con un recurso de casación para la unificación de doctrina, argumentando que existía jurisprudencia contradictoria en casos similares. Sin embargo, el Tribunal Supremo desestimó esta afirmación, al considerar que no había contradicción con la sentencia de referencia presentada por la entidad.

