El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha rechazado el intento de un trabajador de acceder a prestaciones por desempleo a través de un despido forzado. Es decir, el trabajador, conocedor que con una baja voluntaria tendría que renunciar a poder cobrar el paro.
Mucho se habla de los trucos para cobrar el paro tras una baja voluntaria, como irte de la empresa voluntariamente con derecho a paro, es lo que se conoce como arreglar los papeles del paro. Un pacto entre trabajo y empresa para realizar un despido disciplinario falso.
Precisamente este trabajador intento llegar a un acuerdo con la empresa, con la intención de poder cobrar el paro y poder montar su propia empresa de diseño gráfico. Algo que la empresa no aceptó. Ante la negativa, el trabajador forzó su despido faltando al trabajo.
Sin embargo, este intento de forzar su despido no terminó como él esperaba, pues al final la empresa le dio la baja voluntaria y la justicia lo ha confirmado.
Se ausentó de su trabajo para forzar el despido disciplinario
La sentencia, número 4898/2024, emitida el 18 de julio de 2024, confirma que las ausencias injustificadas del empleado, ocurridas en octubre de 2022, fueron interpretadas como una dimisión tácita, descartando la posibilidad de que se tratara de un despido.
El empleado, quien trabajaba para Maisons du Monde como cajero en Terrassa, acumuló ausencias sin justificar los días 22, 26 y 27 de octubre de 2022. Días después, propuso a la empresa una salida pactada para ser despedido, con el objetivo de poder cobrar la prestación por desempleo. Sin embargo, la empresa no accedió a esta solicitud, enviándole un burofax en el cual se le advertía que la falta de justificación sería interpretada como baja voluntaria.
Buscó arreglar los papeles para cobrar el paro
El 4 de noviembre de 2022, el trabajador se reunió con su superior para expresar su intención de dejar la empresa y montar un negocio de diseño gráfico. Para lograr el acceso al desempleo, intentó acordar un despido pactado. No obstante, la empresa consideró que sus ausencias sin justificación eran suficientes para asumir que se trataba de una baja voluntaria. Así, ejecutó la baja con efectos retroactivos al 22 de octubre.
Lógicamente, esto no es lo que esperaba el trabajador que presentó una demanda contra su baja voluntaria, para que se declarase que no había solicitado la baja voluntaria y era la empresa la que había tomado la decisión de extinguir la relación laboral.
Insatisfecho con la decisión, el trabajador presentó una demanda de despido disciplinario ante el Juzgado de lo Social 2 de Terrassa, que fue desestimada. Posteriormente, presentó un recurso de suplicación ante el TSJCat, pero este fue también rechazado.
La justicia considera que intentó defraudar al sistema
Tanto el Juzgado de lo Social número de Terrasa, como el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, han determinado que el trabajador intentó defraudar al sistema forzando su despido y que su conducta demostraba una clara intención de abandonar la empresa.
Según el fallo, los correos electrónicos entre la directora de la tienda y el departamento de recursos humanos dejaban claro que el objetivo del trabajador era provocar un despido para cobrar el paro, sin un deseo genuino de abandonar el puesto voluntariamente.
Baja voluntaria: renuncia Tácita
El TSJCat aclaró en su sentencia que la renuncia de un trabajador puede ser tácita si sus acciones demuestran una intención clara de abandonar el trabajo. En este caso, las ausencias reiteradas y la solicitud de un despido pactado fueron suficientes para interpretar que el trabajador renunciaba a su empleo sin necesidad de una declaración explícita.
El tribunal también destacó que el despido disciplinario no debe ser visto como una vía para acceder a las prestaciones de desempleo de manera fraudulenta, dejando claro que las empresas deben ser firmes al aplicar medidas cuando se detecten este tipo de abusos.
Esta sentencia choca con una reciente sentencia del Juzgado de lo Social de Almería que declaró nulo el despido de un trabajador que solicito a la empresa que lo despidiera, porque no había expresado su voluntad de abandonar la empresa. Aunque hay que mencionar que el trabajador no llegó a ausentarse de su puesto, como si en este caso.