La Audiencia Nacional ha declarado como nulo el despido de 148 trabajadores de Cruz Roja, cuando entre el 10 de octubre de 2023 y el 10 de enero de 2024, extinguió la relación laboral por medio de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) encubierto.
Además de los trabajadores afectados por este ERE encubierto, también deberán readmitir a los trabajadores a los que despidió, alegando como motivo no haber superado el periodo de prueba.
De modo que los trabajadores deberán ser reincorporados en sus puestos en las mismas condiciones y además, la entidad humanitaria deberá pagarles los correspondientes salarios de tramitación. Por su parte, los trabajadores tendrán que devolver las indemnizaciones que hayan recibido.
Esta sentencia es a consecuencia de la demanda presentada por los sindicatos UGT y Comisiones Obreras.
Un ERE encubierto alegando causas organizativas
La Audiencia Nacional ha determinado que Cruz Roja no siguió el procedimiento para aplicar un ERE en su plantilla.
La entidad, de carácter humanitario, realizó despidos objetivos por causas objetivas de forma individual a sus trabajadores y así evitar el periodo de consultas. Sin embargo, los despidos sucedieron en el periodo comprendido entre el 10 de octubre de 2023 y el 10 de enero de 2024.
Los magistrados, señalan en su sentencia del 27 de junio (que puedes ver aquí), que estos despidos fueron realizados como un ERE encubierto y para ello se basan en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores que señala que “las extinciones por causas objetivas en un periodo de 90 días deben computarse en su totalidad y a nivel de empresa, aunque obedezcan a caudas diversas que solo afectan a determinados centros de trabajo”.
Por tanto, da la razón a los sindicatos y confirman que Cruz Roja se saltó un procedimiento de ERE yendo en contra de los derechos de los trabajadores recogidos en el Estatuto de los Trabajadores.
De haber seguido el procedimiento que se indica en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, tendría que haber iniciado en primer lugar el periodo de consultar con la representación legal de los trabajadores, la justificación de los despidos y una negociación de buena fe, en la que se intentará rebajar el número de extinciones laborales, así como la recolocación de estos trabajadores en otros puestos o la mejora de las salidas con indemnizaciones superiores a las marcadas por ley.
Una entidad de carácter humanitario que va en contra de los derechos de los trabajadores
Tanto UGT como CCOO han señalado que la mayor entidad de carácter humanitario que se financia con fondos públicos y las donaciones de los ciudadanos incumpla la ley laboral y vaya en contra de los derechos de los trabajadores al realizar despidos de forma ilegal e injustas para sus empleados.