Este lunes ha tenido lugar una nueva reunión para llegar un acuerdo entre las tres partes, Gobierno, sindicatos y Patronal, para la reducción de la jornada ordinaria en España.
La Patronal ha mostrado desde el principio su rechazo, sobre todo ante la negativa del Gobierno a aumentar el límite de horas extraordinarias que puede hacer un trabajador en un año. El Secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ha presentado una nueva propuesta para convencer a CEOE y Cepyme y sería para darles a las empresas una mayor flexibilidad en la capacidad para distribuir irregularmente el tiempo de trabajo una vez entre en vigor la rebaja de la jornada a 37,5 horas semanales en 2025.
La reducción de la jornada laboral se va a llevar a cabo. La Patronal debe decidir si respeta el diálogo social y colabora, o sigue con su estrategia de brazos caídos. pic.twitter.com/6p1x249Yyk
— Yolanda Díaz (@Yolanda_Diaz_) July 8, 2024
Aumentar la capacidad de las empresas para distribuir el tiempo de trabajo
Una de las principales preocupaciones de la Patronal sobre la bajada de la jornada laboral es como afectará a la productividad de las empresas. Es por ello que desde el Gobierno proponen flexibilizar ese 10% que actualmente limita el Estatuto de los Trabajadores para distribuir de manera irregular la jornada en un año.
Cuando hablamos de jornada completa, hacemos referencia a 40 horas semanales, pero esto es en el cómputo anual, por lo que no es necesariamente que la jornada se distribuya exactamente en 8 horas diarias.
El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores permite distribuir de manera irregular el 10% de la jornada. Por poner un ejemplo, podría darse el caso, que un trabajador trabajase dos días, 9 horas, y el resto de la semana y el resto de la semana, 7 horas. Incluso una semana puede ser que trabaja un total de 35 horas y otra semana 45 horas. Pero el cómputo anual nunca podrá exceder las 1.800 horas al año (hay que revisar el convenio colectivo para saber las horas de trabajo al año).
De esta forma, las empresas pueden concentrar un mayor número de horas en periodos donde su actividad es mayor. Eso sí, siempre que se respeten los 3 descansos a los que tienen derecho los trabajadores.
Entre estos descansos destaca sobre todo el descanso diario entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente, que no puede ser menor de 12 horas.
Además, la jornada diaria para mayores de 18 años no puede ser mayor de 9 horas, salvo que exista un acuerdo por convenio colectivo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. Pero siempre que se cumplan el descanso indicando anteriormente.
Los sindicatos lo aceptarían siempre que sea razonable
Por su parte, tanto el vicesecretario general de Política Sindical de UGT, Fernando Luján, como el secretario de Estudios y Formación Sindical de CCOO, Carlos Gutiérrez, han indicado que aceptarán esta propuesta, aunque solo si los tiempos son razonables, pero insistiendo en que se implemente la reducción de jornada cuanto antes.