El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha declarado improcedente el despido de una trabajadora acusada de falsedad documental y estafa.
La trabajadora en cuestión era técnica de diseño en la empresa, y sus funciones incluían dar apoyo a los gerentes y al delegado de la zona norte. La empresa decidió despedirla porque la acusaron de facilitar la presentación de una factura manipulada. Inicialmente, su despido fue declarado como procedente, pero ahora el TSJPV lo ha declarado improcedente con una indemnización de 20.858,01 euros, al considerar que no actuó por iniciativa propia, sino siguiendo órdenes de sus superiores.
Falsificó una factura siguiendo órdenes de sus superiores
Según se indica en la sentencia 733/2024 del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, la trabajadora había aumentado el importe de una factura de 660 euros hasta los 1.254 euros. Esta irregularidad fue detectada por parte de la Brigada Central de Delincuencia Económica y Fiscal de la Dirección General de la Policía, por lo que se remitió un oficio a la empresa.
Tras recibir esta notificación, la compañía comprobó que la modificación había sido realizada por esta trabajadora junto con el gerente y el conocimiento del delegado de la zona, por lo que le entregó la carta de despido disciplinario en la que le indicaba que se procedía a la extinción de la relación laboral por cometer una falta muy grave de transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza (artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores).
Además, según la carta de despido, la empleada había firmado un código de conducta de la empresa y no informó a otros sobre la orden recibida.
El TSJ del País Vasco no ve justificado su despido
A pesar de las acusaciones, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco analizó el caso y concluyó que la trabajadora no actuó por iniciativa propia, sino siguiendo órdenes de sus superiores. Específicamente, uno de los gerentes y el delegado de la zona aprobaron esta acción. Además, no se demostró que la trabajadora obtuviera algún beneficio personal de esta situación, como por ejemplo el despido de una trabajadora de Carrefour que se apropiaba de cupones descuentos para su beneficio.
El tribunal también determinó que no se podía considerar que la trabajadora cometió una falta grave, ya que no quedó probado que violara la buena fe contractual ni el código de conducta de la empresa en los hechos presentados.
Por todo esto, el tribunal decidió que el despido fue improcedente. Ahora, la empresa tiene dos opciones: readmitir a la empleada (pagando los salarios de tramitación) en su puesto de trabajo con las mismas condiciones que tenía antes del despido, o pagarle una indemnización de 20.858,01 euros.

