viernes 31 enero 2025
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Si cobro el Ingreso Mínimo Vital, ¿puedo viajar al extranjero?

Los beneficiarios del IMV pueden viajar al extranjero, pero siempre deben comunicarlo y justificarlo. En otras palabras, la Seguridad Social debe dar una autorización para salir al extranjero para no perder la prestación.

Cobrar una ayuda o prestación como el Ingreso Mínimo Vital no te impide viajar, aunque sí hay ciertas obligaciones y limitaciones en este aspecto, sobre todo cuando el viaje es al extranjero.

Al igual que sucede con cuando se cobra el paro o el subsidio y se viaja al extranjero, los beneficiarios del IMV tienen la obligación de comunicar y pedir autorización a la Seguridad Social para viajar al extranjero como establece el artículo 36 de la Ley 19/2021 que regula el Ingreso Mínimo Vital que dice lo siguiente:

Comunicar a la entidad gestora, con carácter previo, las salidas al extranjero, tanto del titular como de los miembros de la unidad de convivencia, por un periodo, continuado o no, superior a noventa días naturales durante cada año natural, así como, en su caso, justificar la ausencia del territorio español de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 10.1.a)”.

¿Cuánto tiempo puedo estar fuera de España cobrando el Ingreso Mínimo Vital?

Según la normativa, la residencia habitual en España se mantiene siempre que estas no superen los 90 días cada año natural o bien sean debidas a causas justificadas de enfermedad.

Esto quiere decir, que puedes viajar hasta un máximo de 90 días al año fuera de España, aunque siempre deberás comunicar tu salida al Instituto de la Seguridad Social (INSS) indicando la duración de las mismas a través del formulario oficial.

Salir al extranjero cobrando el IMV por un periodo superior a tres meses en el año natural (siempre que no esté debidamente justificado) dará lugar a la suspensión de pago de la prestación. Del mismo modo, toda salida, ya sea inferior a los tres meses sin que se haya comunicado a la Seguridad Social, también acarrea sanciones que pueden llegar desde la suspensión del pago a la devolución de los cobros ya recibidos.

Formulario para comunicar a la Seguridad Social la salida al extranjero cuando se cobran prestaciones
Formulario para comunicar a la Seguridad Social la salida al extranjero cuando se cobran prestaciones

Para evitar las sanciones que te indicamos a continuación, comunica a través del formulario oficial tu salida al extranjero, que puedes descargar desde la web oficial de la Seguridad Social.

Sanciones de la Seguridad Social por viajar al extranjero cobrando el IMV sin comunicarlo y autorización

Si no se cumple esta obligación, pueden quitarte el Ingreso Mínimo Vital, concretamente tal se aplican las siguientes sanciones:

  • Suspensión temporal de la prestación, en el caso de traslados al extranjero por periodos inferiores a 90 días, sin causa justificada o sin comunicarlo a la Seguridad Social.
  • Baja definitiva de la prestación, cuando el beneficiario se ha trasladado al extranjero por un periodo que supera el límite de 90 días, sin justificarlo o comunicarlo a la Seguridad Social.
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