Ya es oficial: el BOE confirma la indemnización de 153 euros por vestuario para los agentes de la Policía Nacional que trabajan de paisano

La Orden INT/405/2026 regula la compensación por vestuario para agentes obligados a prestar servicio sin uniforme y fija su cuantía anual

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Orden INT/405/2026, de 28 de abril, por la que se regula la indemnización por razón de vestuario para los agentes de la Policía Nacional que prestan servicio de paisano.

La norma reconoce el derecho a percibir una compensación económica anual de 153,84 euros para aquellos funcionarios que, por exigencias del servicio, estén obligados a trabajar sin uniforme.

Una indemnización anual con pago único

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Según recoge la orden (que puedes consultar en este BOE), la cuantía de la indemnización queda fijada en 153,84 euros al año, que se abonarán en un pago único con fecha de devengo el 30 de junio.

El abono estará condicionado, en todo caso, a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales del Estado.

Qué agentes tienen derecho a la indemnización

La Orden INT/405/2026 establece que podrán percibir esta indemnización los agentes que estén obligados de manera inexcusable a vestir de paisano por razones del servicio.

Entre los colectivos incluidos se encuentran:

  • Funcionarios destinados en áreas de investigación (Información, Policía Judicial, Extranjería y Fronteras)
  • Agentes dedicados a la protección de personalidades
  • Miembros de Asuntos Internos y unidades operativas
  • Otros policías que, por necesidades del servicio, no puedan utilizar uniforme

Para generar el derecho, será necesario haber prestado servicio en estas condiciones durante al menos seis meses continuados en los últimos doce meses.

Requisitos y limitaciones

La norma también delimita los supuestos en los que no se tendrá derecho a esta compensación. Quedan excluidos:

  • Los agentes que vistan de paisano sin obligación derivada del servicio
  • Aquellos que ya perciban otra ayuda o indemnización similar
  • Los que no alcancen el periodo mínimo exigido

No obstante, el texto permite que el cómputo no se vea interrumpido en determinados casos, como vacaciones, incapacidad temporal o formación, ni cuando el uso del uniforme sea puntual y no supere los 45 días. :

Origen de la medida

La aprobación de esta orden responde a la necesidad de dar cumplimiento a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que había reconocido el derecho de estos agentes a percibir una compensación económica por los gastos derivados de trabajar sin uniforme.

Con esta regulación, el Ministerio del Interior establece un marco normativo específico que unifica criterios y sustituye la normativa anterior, en vigor desde 2013.

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