Un trabajador de Game es despedido por simular compras y ventas usando cuentas de clientes

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado el despido disciplinario de una jefe de sección de tienda de Game Stores en Ponferrada. Con esta sentencia (aunque uno definitiva) el trabajador dice adiós a su trabajo tras 7 años  y todo por intentar sacar provecho de su puesto de trabajo a título personal.

Este caso de despido laboral es un claro ejemplo de quebrantamiento de la buena fe contractual y, por tanto, como recoge el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, motivo suficiente para el despido disciplinario sin derecho a indemnización para el trabajador.

Simuló operaciones de compraventa usando cuentas de clientes para lucrarse

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Según detalló la cadena de videojuegos en la carta de despido que le entregó al trabajador, este había cometido una serie de acciones que rompían directamente con las normas internas, conocidas y aceptadas por todos los trabajadores.

En concreto, utilizó cuentas de socios (clientes registrados en el sistema de fidelización de Game) sin que estos estuvieran presentes en la tienda. Así, registraba operaciones reales de clientes en cuentas ajenas, presumiblemente para acumular puntos de fidelización o acceder a promociones.

Por ejemplo, vendió tarjetas de prepago de STEAM a clientes sin tarjeta de socio, pero en el sistema constaban como compras hechas por otros socios habituales que ni siquiera se encontraban en la tienda. También adquirió productos seminuevos que no registró correctamente en el sistema, incumpliendo así la Ley de Seguridad Ciudadana, que obliga a identificar a los vendedores para prevenir delitos.

En algunos casos, los productos que supuestamente se estaban vendiendo o recomprando en nombre de esos socios habían sido retirados instantes antes del almacén, lo que hacía sospechar de la simulación de transacciones. Además, la empresa ya había enviado varios comunicados internos recordando expresamente que este tipo de prácticas estaban prohibidas y podían tener consecuencias disciplinarias graves. Por lo que el trabajador ya tenía conocimiento de que de seguir con su conducta sería sancionado, como finalmente sucedió siendo despedido.

Negó los hechos e invocó a la presunción de inocencia

Una vez presentada la demanda en contra de su despido, el caso llegó al Juzgado de lo Social número 1 de Ponferrada, que valoró tanto las pruebas aportadas por Game Stores como las alegaciones del trabajador.

En su demanda, el trabajador negó haber cometido las faltas imputadas en la carta de despido y que, por tanto, no existía una causa justa para despedirlo. Por consiguiente, solicitaba que el despido fuera declarado improcedente, condenando a la empresa a elegir entre la readmisión o bien indemnizarlo.

Sin embargo, el Juzgado de lo Social desestimó su demanda y confirmó que los hechos que se le imputaban en la carta de despido habían sido probados por Game Stores, con la presentación de tickets, controles de acceso a la aplicación interna, y la falta de presencia física de los socios cuyos datos fueron usados en operaciones de venta y recompra.

Por tanto, sus actos constituían una transgresión de la buena fe contractual y un abuso de confianza, lo que justifica un despido disciplinario según el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 70.3 del convenio colectivo de la empresa.

Tras perder esta primera batalla laboral, el trabajador presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, volviendo alegar que no había prueba suficiente para sostener los hechos por los que se le había despedido. Incluso invocó el artículo 24 de la Constitución Española, alegando vulneración de su derecho a la presunción de inocencia.

Pero al igual que el Juzgado de lo Social, el TSJ de Castilla y León en su sentencia 157/2025 volvió a fallar en su contra, confirmando que los hechos habían sido demostrados por la empresa y justificaban su despido. En lo referente a si se vulneró su derecho a la presunción de inocencia, no lo considero, ya que el trabajador no puedo aportar ninguna prueba, que demostrara que efectivamente se le había vulnerado tal derecho.

Por tanto, se confirma su despido disciplinario sin derecho a indemnización.

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