viernes 31 enero 2025
EmpleoJob | Noticias de trabajo, prestaciones y ayudas

Un taxista consigue la nulidad de su despido y luego es despedido por amenazas para negociar su salida de la empresa

El tribunal rechaza el recurso del trabajador que fue despedido por amenazas y conducta impropia tras conseguir el despido nulo y negociar una salida indemnizatoria.

Un taxista ha visto como ha perdido su trabajo tras recuperarlo judicialmente y todo por amenazar a sus antiguos jefes con denunciar a la empresa ante Hacienda y la Inspección de Trabajo si no se le pagaban 35.000 euros por su salida de la empresa.

Este caso comenzó cuando este trabajador, que llevaba en la empresa desde julio de 2023 y con un salario bruto de 1.323 euros al mes, recibió en agosto de 2023 unos 3.380 euros en adelantos salariales, los cuales serían descontados de su nómina a partir de enero de 2024, a razón de 400 euros mensuales.

El conductor mantenía una disponibilidad de seis días a la semana, con descanso los martes, y recibía órdenes por teléfono a través de la pareja del empleador. La flexibilidad era parte del sistema operativo de la empresa, aunque la empresa no sancionaba a los trabajadores por no atender las llamadas, simplemente se llamaba a otro.

A finales de 2023, el taxista comunicó su futura paternidad y expresó su preocupación por la alta disponibilidad que se le exigía y su salario por debajo del convenio. Pese a esto, otros empleados habían disfrutado sus permisos de paternidad sin incidentes.

En febrero de 2024, tras un intercambio sobre pagos y condiciones, la empresa le entregó  una carta de despido por inasistencia desde el 12 de febrero. Este despido, inicialmente impugnado, fue declarado nulo el 29 de abril por vulneración de derechos, ordenando la readmisión del trabajador y el pago de salarios de tramitación, además de una indemnización por daños morales de 7.501 euros.

Amenazas en la negociación para su no reincorporación al trabajo

Cuando un despido es declarado nulo, la empresa está obligada a readmitir al trabajador en su puesto de trabajo, de la misma forma el trabajador también debe cumplirla, solo hay casos excepcionales en los que el trabajador puede solicitar la extinción del contrato de trabajo.

En este sentido, tanto el trabajador como la empresa mantuvieron conversaciones para alcanzar un acuerdo al margen de la sentencia dictada durante las primeras semanas del mes de mayo.

El trabajador solicitaba 35.000 euros para no reincorporarse a la empresa, una cantidad que la empresa rechazaba y ofrecía 20.000 euros. Dicha cantidad solo sería aceptada por  el empleado marchándose tras su baja paternal y las vacaciones.

En un tira y afloja y visto que la empresa no aceptaría sus pretensiones, la conversación ya tomó un tono más agresivo. En una de las conversaciones mantenidas, el trabajador le comunicó lo siguiente:

“Según os portéis me voy a portar yo (…) si me das 35.000 me voy; si no, me volvéis a contratar y que sea ya, porque llevo sin cobrar un duro mucho tiempo (…) si vosotros decidís recurrir y alargar, yo te digo que os vuelvo a denunciar y os pido los 50.000 euros en horas extras que me debéis y que os lo gano, y aparte os denuncio a Hacienda porque trabajáis en B y tengo pruebas, y aparte os meto una inspección que son 7.000 euros por cada empleado por no fichar (…) me das 35.000 y se zanja (…) y si no te juro que te quedas sin empresa, te lo juro por mi hija, así que mira a ver qué es lo que hacéis (…) que tengo derechos, 35.000 y se zanja, si vosotros recurrís te denuncio a Hacienda, te pido los 50.000 en horas extras y te denuncio a la Inspección de Trabajo.”

Nuevo despido disciplinario y denuncia por amenazas

Finalmente, la empresa le comunica al trabajador el 14 de mayo que debe reincorporarse a su puesto de trabajo, tal y como señala la sentencia, y solo tres días le entregó una nueva carta de despido disciplinario. Además, el trabajador también fue denunciado por sus  amenazas.

La justicia declara su segundo despido procedente

Tras este segundo despido, el trabajador alegaba que se debía como represalia por su primer despido nulo y por no llegar a un acuerdo para la no reincorporación del trabajador a la empresa.

Sin embargo, tal y como señala la sentencia 794/2024 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, aunque el primer cese fue declarado nulo, la reincorporación reactivó la relación laboral, lo que permitió a la empresa proceder con un nuevo despido basado en causas distintas.

El tribunal descartó que el despido violara la garantía de indemnidad, ya que las amenazas y las solicitudes de dinero no constituían un ejercicio legítimo de los derechos laborales. Por tanto, declara el despido disciplinario como procedente. Es importante que este despido es independiente del anterior, por lo la empresa sí deberá cumplirla, al igual que la nueva.

Relacionados
Lo más leído