Un electricista naval estaba de baja por un ictus y trabajaba en su peluquería: la empresa lo despidió y la justicia lo confirma

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha confirmado el despido disciplinario de un trabajador estando de baja por un ictus. ¿La razón? La empresa demostró que durante su baja realizaba actividades incompatibles con su estado.

Este trabajador llevaba en la empresa desde mayo de 2013 como electricista naval con un sueldo de entre 23.000 y 24.000 euros. En agosto de 2023 sufrió un ictus que lo obligó a estar de baja médica, pese a no estar en condiciones para realizar su trabajo como electricista naval y recibía su correspondiente prestación por incapacidad temporal, acudía a su propio negocio regularmente, una peluquería.

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Los rumores de que estaba trabajando en su propio negocio mientras estaba de baja médica no tardaron en llegar a oídos de su empresa, que decidió contratar a un detective privado quien lo siguió durante varios días.

Se desplazaba en moto y trabajaba en su peluquería

El informe del detective confirma las sospechas, el empleado trabajaba en su peluquería atendiendo llamadas, recibiendo a clientes, utilizando el ordenador, concertando citas e incluso realizando tareas físicas como barrer o cerrar la verja del local, todo ello, mientras aún figuraba como incapacitado para trabajar. Es más, incluso conducía una motocicleta para desplazarse.

La empresa consideró que estos hechos constituían una grave vulneración de la buena fe contractual. Según el artículo 54.2.d del Estatuto de los Trabajadores y el convenio aplicable, realizar cualquier tipo de trabajo durante una baja (por cuenta propia o ajena) puede justificar el despido disciplinario, ya que implica una simulación de enfermedad o una conducta incompatible con la recuperación.

Por ello, le entregó la carta de despido disciplinario el 22 de enero de 2024, una decisión que sorprendió al propio trabajador y que decidió recurrir a la justicia al considerar que su despido no era justo.

La justicia confirma su despido por estas razones

Es cierto que durante la baja médica un trabajador puede realizar, digamos una vida normal, siempre y cuando estas actividades se mantengan en ciertos límites y en las recomendaciones médicas.

En este caso, el trabajador se defendió indicado que su presencia en su peluquería era meramente testimonial y no interfería en su recuperación. Sin embargo, el tanto el Juzgado de lo Social número 5 Vigo como el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en su sentencia 2881/2025 rechazaron su demanda.

Las razones para confirmar que el despido disciplinario era procedente y, por tanto, justificado fueron las siguientes:

Según el tribunal, no fue tanto la naturaleza de las tareas, sino el hecho de realizar cualquier actividad laboral durante una baja médica. Aunque su función en el local no implicaba el esfuerzo físico de electricista naval, el hecho de gestionar un negocio, desplazarse en motocicleta y asumir responsabilidades de atención al cliente evidenciaba una capacidad funcional que contradecía su situación de incapacidad temporal.

Además, subrayaron que el uso de una moto para desplazarse, considerando que el origen de la baja fue un ictus, implicaba un riesgo claro y directo para su salud, ya que cualquier recaída, pérdida de equilibrio o desorientación podía provocar un accidente grave. Esto no solo supondría un perjuicio para el propio trabajador, sino que podría prolongar su baja médica de forma artificial, generando mayores costes para la empresa y para el sistema público de Seguridad Social.

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