El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid ha fallado a favor de un jefe de cocina que fue despedido por no seguir el protocolo de compras de productos ecológicos, robo de alimentos e incluso solicitó a la empresa que lo despidiera.
Aunque inicialmente su despido fue declarado como procedente, en un giro de los acontecimientos este trabajador ha visto como la justicia le ha dado la razón y condenaba a la empresa a readmitirlo o bien abonarle una indemnización de 23.413,39 euros.
Este jefe de cocina comenzó a trabajar en esta escuela de Madrid en septiembre de 2015 bajo un contrato temporal, que posteriormente en 2016 se transformó en un contrato indefinido. Su salario ascendía a 2.345,75 euros mensuales, más un complemento de comedor de 500 euros. Como jefe de cocina, era responsable de las compras y de asegurar que estas cumplieran con las estrictas directrices ecológicas de la empresa.
Las compras no eran ecológicas
La escuela se publicita como un centro comprometido con la sostenibilidad, exigiendo que todos los productos sean 100% ecológicos. Además, la escuela evita el uso de lactosa, gluten y potenciadores artificiales en sus menús.
Las sospechas comenzaron en febrero de 2023, cuando la directora del centro, observó como se utilizaba un producto de limpieza de la marca blanca de Mercadona, producto que no era ecológico. El trabajador, que era el encargado de las compras, admitió haber comprado productos similares y asumió su responsabilidad en un mensaje de WhatsApp. Esto llevó a una investigación interna.
Entre las pruebas recopiladas se incluyeron facturas y testimonios de compañeros que aseguraron haber visto al demandante llevarse productos del almacén de la escuela al final de su jornada laboral. También se revisaron grabaciones de cámaras de seguridad, donde se le observó saliendo con bolsas y cajas isotérmicas cuyo contenido no correspondía al menú escolar.
La investigación reveló que aproximadamente el 90% de las compras realizadas por el jefe de cocina no cumplían con las normas ecológicas de la empresa. Entre los artículos adquiridos destacaron leche con lactosa, carne de cerdo, pan con gluten y productos de uso personal como un ramo de tulipanes. La empresa también constató que muchos de estos productos no fueron utilizados en los menús escolares.
Por otro lado, se identificó que el demandante preparaba comidas para el presidente del consejo de administración, lo cual, aunque era una práctica conocida, no justificaba la salida de otros productos que nunca llegaron a la escuela.
El trabajador solicitó una reunión para negociar su salida
En febrero de 2023, el trabajador solicitó una reunión con el presidente para negociar su salida, argumentando que no podía cumplir con las exigencias de su puesto. Dicha conversación fue grabada y el empleado solicitaba que después de tantos años que llevaba en la empresa, a pesar de que ha hecho algunas cosas mal, ha hecho muchas cosas bien, por lo que solicitó que se le tuviera en cuenta y se le diera una indemnización y su paro.
Posteriormente, presentó una baja médica por ansiedad. Pocos días después, la empresa publicó una oferta para reemplazar su puesto con un perfil especializado en cocina ancestral y orgánica.
Finalmente, la empresa le entregó la carta de despido disciplinario, acusándolo de quebrar la confianza depositada en él y de provocar un perjuicio de muy difícil reparación en la imagen de la escuela.
El despido pasó de procedente a improcedente
Tras demandar a la empresa el juzgado de lo Social de número 23 de los de Madrid, declaró el despido como procedente, al determinar que las aciones de trabajador constituyeron una transgresión grave de la buena fe contractual y un abuso de confianza. Es más, la sentencia destacó que como jefe de cocina, tenía la máxima responsabilidad sobre las compras y el uso adecuado de los recursos de la escuela.
Sin embargo, el caso no quedó ahí y el trabajador presentó recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que dio un giro de 180 grados a la sentencia, pues determinó que este debería declararse improcedente.
Según la sentencia 821/2024 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la empresa no acreditó de manera suficiente los motivos graves para justificar este despido disciplinario. Las principales razones del fallo fueron las siguientes:
- Reconocimiento de responsabilidad, pero sin dolo claro: Aunque el trabajador aceptó haber incumplido las directrices ecológicas, no se probó que actuara de manera dolosa o con intenciones de perjudicar a la empresa.
- Falta de medidas disciplinarias previas: No se demostraron medidas disciplinarias previas ni advertencias formales sobre su comportamiento, lo que podría haber justificado una gradualidad en las sanciones antes de proceder al despido.
- Elementos de presión para buscar el despido: Se valoró la posibilidad de que la solicitud de despido de Don Matías y su posterior salida estuvieran más motivadas por una situación de presión en su trabajo que por una clara intención de abandonar sus funciones.
Por ello, la escuela es condenada o bien a readmitir al trabajador y abonarle los salarios de tramitación o pagarle una indemnización por despido improcedente que asciende a 23.413,39 euros.