Trabajaba solo hora y media al día: la justicia declara su despido improcedente y cobrará 118.000 euros

Un visitador médico que llevaba más de veinte años trabajando para la farmacéutica ISDIN fue despedido en junio de 2024 después de que la empresa contratara detectives privados para seguir su actividad. Según los informes, el trabajador apenas dedicaba hora y media al día a su labor, pero reportaba jornadas de hasta seis horas. Ahora, la justicia ha declarado el despido improcedente y la compañía deberá readmitirlo o indemnizarlo con 118.256,51 euros.

Le pusieron detectives para controlarlo

El empleado comenzó en ISDIN en 2003, realizando visitas a médicos de Galicia para promocionar productos dermatológicos. La empresa le proporcionó coche, móvil, tablet y ordenador para su trabajo diario.

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Tras una baja médica por problemas hepáticos en 2023, se reincorporó en marzo de 2024. Poco después, la compañía contrató detectives para seguir sus movimientos. En tres días de mayo, los investigadores concluyeron que solo trabajaba unos 90 minutos diarios, aunque reportaba jornadas de seis horas con más visitas de las que realmente realizaba.

Uno de los días, acudió a un hospital entre las 13:33 y las 15:05 horas, pero declaró haber hecho 12 visitas. En otra jornada, se reunió con médicos en una cafetería frente al centro sanitario de Ourense, aunque informó haber visto a 11 profesionales y justificó un ticket de comida de 25 euros.

Con esos informes, ISDIN lo despidió el 27 de junio de 2024, alegando transgresión de la buena fe contractual, indisciplina y disminución voluntaria del rendimiento laboral.

La justicia le da la razón

El trabajador llevó el caso a los tribunales, defendiendo que su jornada era flexible, como corresponde a los visitadores médicos, sin obligación de fichar ni cumplir un horario fijo. Además, alegó que no existía perjuicio económico alguno para la empresa, recordando que seguía cumpliendo objetivos y cobrando incentivos por productividad, incluso el mes de su despido.

El Tribunal Superior de Galicia confirma la improcedencia

La farmacéutica recurrió la primera sentencia, pero el Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirmó el fallo en su sentencia 3137/2025.

El tribunal reconoció que el trabajador tenía libertad horaria, sin control de fichaje, y consideró habitual que las visitas médicas se realicen fuera de centros clínicos, incluso en cafeterías. También cuestionó la validez de los informes de detectives como prueba concluyente, al tratarse de observaciones personales sin valor documental pleno.

Además, subrayó que no se acreditó ningún perjuicio económico para la empresa ni una reducción voluntaria del rendimiento. Por todo ello, declaró el despido improcedente y condenó a ISDIN a readmitir al trabajador y el abono de los salarios de tramitación o bien pagarle 118.256,51 euros de indemnización.

Una sentencia con eco en el mundo laboral

Este caso ya fue adelantado por EmpleoJob el pasado agosto, cuando publicamos la sentencia original del despido del visitador médico de ISDIN, con todos los detalles del proceso judicial.

La historia de este despido desde luego ha llamado la atención por el hecho de que apenas trabajaba 90 minutos al día, aunque falsificaba el su registro horario y de visitas para parecer que había trabajado más.

También ha generado debate sobre los límites de la vigilancia empresarial y la flexibilidad en puestos de trabajo sin control horario. La justicia ha dejado claro que no basta con contratar detectives para justificar un despido si no se demuestra un perjuicio real a la empresa.

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