La nueva ayuda de la Agencia Tributaria de 200 euros para la compra de alimentos. Aunque tal y como indicó la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha matizado que el cheque será de libre disposición para los ciudadanos.
Este cheque de 200 euros tiene como objetivo paliar los efectos de la inflación en la cesta de la compra, aunque el dinero una vez recibido se puede usar para otra.
¿Quién puede solicitar la ayuda de 200 euros?
El destinatario de esta ayuda son las personas que rentas inferiores a los 27.000 euros y con un patrimonio de hasta 75.000 euros. Sin embargo, hay personas que aun cumpliendo con estos requisitos no podrán solicitarlo.
El ministerio de Hacienda ha establecido, tal y como recoge el Real Decreto-Ley 20/2022, que las personas beneficiarias de otras ayudas/prestaciones del Estado no podrán beneficiarse de esta medida.
Entonces, ¿qué ayudas o prestaciones no son compatibles con la ayuda de 200 euros?
Las personas sean beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital o una pensión abonada por el Régimen General o Régimen especial de la Seguridad Social.
Eso sí, hasta el 31 de diciembre, es decir, si eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, o bien comienzas a cobrar tu pensión en enero, si podrás solicitarlo.
Pero ojo, en el caso del Ingreso Mínimo Vital, debes tener en cuenta la fecha de solicitud, pues el derecho a cobrar el IMV nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de la prestación de la solicitud.
Esto quiere decir, que si por ejemplo en enero recibes tu primer cobro en febrero, justo el mes en el que se abre el plazo para la ayuda de 200 euros, si tu solicitud la hiciste, por ejemplo, en noviembre de 2022, no tendrás derecho.
También quedan fuera aquellos trabajadores por cuenta ajena o propia que perciban prestaciones similares a las anteriores procedentes de mutualidades de previsión social.