viernes 31 enero 2025
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El SEPE no puede quitar el subsidio por no comunicar una herencia inferior a este importe

El Tribunal Supremo dicta que un beneficiario de un subsidio por desempleo no puede ser sancionado con la extinción de su prestación si recibe una herencia por un valor menor del 75% del SMI, aunque no lo comunica al SEPE.

Uno de los requisitos para cobrar y mantener el cobro de un subsidio por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es no tener ingresos que superen el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI).

Es posible que un beneficiario reciba un ingreso extra, ya sea porque recibe otra ayuda o bien, como en este caso, se recibe una herencia. Tal y como indican en la web del SEPE, una de las obligaciones que tienen los beneficiarios de los subsidios es comunicar cualquier variación que pueda afectar a mantener los requisitos para seguir recibiendo la prestación.

De modo que el subsidio de desempleo no puede ser extinguido cuando el beneficiario acepta una herencia si las rentas derivadas de la misma no son superiores, en cómputo mensual, al 75% del SMI. Así lo ha dictado el Tribunal Supremo (TS), tras la denuncia de un desempleado que había heredado parte de una vivienda tras fallecer su padre y no lo comunicó al SEPE.

La sentencia viene por un recurso de casación para unificar doctrina sobre el caso de un beneficiario de un subsidio de desempleo al que el SEPE le retiro la ayuda tras aceptar una herencia.  Dicha herencia consistía en una vivienda valorada en 88.300 euros, que se repartió en 7 partes iguales entre todos los hermanos, correspondiendo a cada uno 12.614,28 euros.

se procederá a la suspensión del pago
Cobrar una herencia siendo beneficiario de un subsdio por desempleo

El SEPE le retira el subsidio por desempleo por superar el límite de rentas

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) detecto este ingreso y que no lo había comunicado,  extinguiendo el derecho a que cobre el subsidio, alegando que había recibido una herencia que supera el límite permitido del SMI.

De modo que no solo le extingue la prestación, también le reclamo las mensualidades que había cobrado indebidamente desde que recibió la herencia, un total de 9.083,83 euros.

Ante este reclamo del SEPE, el desempleado presento reclamación que el organismo desestimo, por lo que procedió a interponer demanda impugnando la resolución del SEPE.

El Juzgado de lo Social nº 3 de Elche (Alicante) estimó la demanda, dejando sin efecto la resolución y declarando que si tenía derecho a su prestación por desempleo que le fue extinguida.

Esta resolución no fue aceptada por el SEPE, que decidió recurrir al Tribunal Superior de Justicia, que volvió a dar la razón al desempleado, desestimando así el recurso presentado por el organismo público.

Así, el SEPE volvió a recurrir en esta ocasión al Tribunal Supremo, quien ha vuelto a dar la razón al demandante.

Sentencia del Tribunal Supremo

El alto Tribunal ha determinado que la no comunicación al SEPE de la herencia recibida no puede ser motivo de sanción al beneficiario, ya que no tenía la obligación de comunicar al SEPE la aceptación de la herencia porque las rentas derivadas de dicha herencia no son superiores, en cómputo anual, al 75% del salario mínimo interprofesional.

 

 

 

 

 

 

 

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