Que se preparen las empresas: Yolanda Díaz activa su Plan B y lanza un decreto para imponer control digital y remoto de la jornada laboral

Tras el fracaso parlamentario de su proyecto estrella para reducir la jornada laboral, Yolanda Díaz, como ya advirtió a sabiendas de que su proyecto de reducción fracasaría, ha puesto en marcha su plan B.

La ministra de Trabajo ha sacado a consulta pública su proyecto de Real Decreto por el que modificará la forma en la que las empresas deben llevar el registro horario de sus trabajadores. Un real decreto independiente para reforzar el registro horario y el derecho a la desconexión de los trabajadores.

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El texto de la consulta, que puede leerse en la web del Ministerio de Trabajo (puedes hacerlo desde este enlace directo), recuerda que antes de 2019 España carecía de un sistema legal de control horario generalizado. La obligación de registrar la jornada diaria solo se instauró con el Real Decreto-ley 8/2019, en respuesta a diversas sentencias de la Audiencia Nacional y, más tarde, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

El TJUE, en su fallo de mayo de 2019, exigió a los Estados miembros garantizar un registro «objetivo, fiable y accesible» del tiempo de trabajo. En línea con ese mandato, el Gobierno español considera ahora necesario reforzar la norma existente, que ha demostrado ser insuficiente para evitar abusos como horas extra no pagadas o prolongaciones indebidas de jornada.

Las claves del nuevo registro horario

El nuevo decreto plantea una batería de medidas para garantizar un control horario eficaz y verificable. Algunas de las disposiciones más destacadas incluyen:

Registro digital obligatorio y con verificación de identidad

El principal cambio será la eliminación del registro en papel. Hasta el momento el Estatuto de los Trabajadores no establecía qué tipo de sistema utilizar, si papel o digital o cualquier otro método, tan solo especificaba que este debía incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada persona trabajadora.

El Ministerio de Trabajo quiere que el registro sea digital y que incluya mecanismos de verificación de identidad, como credenciales o sistemas biométricos.

Además, se debe distinguir entre tiempo efectivo de trabajo, guardias, disponibilidad o interrupciones, y se deberá indicar si se trata de horas ordinarias o extraordinarias.

Acceso remoto por parte de la Inspección de Trabajo

Pero sin duda, el punto más importante es que el sistema de registro horario debe permitir el acceso inmediato y remoto por parte de la Inspección de Trabajo.

Igualmente, como dicta la norma actual, las empresas deberán mantener los registros disponibles para los trabajadores, representación legal y por supuesto para la autoridad laboral.

También contempla sellos de tiempo digitales, control de modificaciones y copias periódicas para la representación sindical.

Derecho a la desconexión

Además del control horario, el decreto incluye disposiciones para garantizar el derecho a la desconexión digital. El Gobierno considera que sin ese derecho se pone en riesgo tanto la salud como la conciliación laboral y familiar. Se pretende así que no se impongan tareas fuera del horario pactado, incluso en el trabajo remoto.

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