sábado 1 febrero 2025
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Qué es el SOVI y como se solicita esta pensión

Pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI)

Estas pensiones del SOVI es un régimen residual que se aplica a aquellos trabajadores y sus derechohabientes que, cumpliendo los requisitos que se exigen por la legislación del extinguido régimen, no tienen derecho a una pensión ya sea contributiva o no contributiva del actual Sistema de pensiones de la Seguridad Social con excepción de las pensiones de viudedad de las que puedan ser beneficiarios.

Aunque esta pensión desapareció en los años 70, sigue en el sistema moderno de la Seguridad Social y son muchas las prestaciones concedidas.

¿A quién benefician?

Estas prestaciones benefician a aquellos que trabajaron antes de 1967 y no tienen derecho a otro tipo de pensión de la Seguridad Social

Tipos de pensiones

Dentro de su acción protectora, están incluidas las siguientes pensiones:

  • La pensión de vejez. Corresponde a la actual de jubilación. Para acceder a ella, el trabajador debía ser mayor de 65 años, o mayor de 60 si accedió al de vejez por una incapacidad originada por un accidente de trabajo o enfermedad profesional.
  • La pensión de invalidez. Corresponde  a la actual incapacidad permanente. El trabajador debía tener 50 años cumplidos, y no debía ser por causa imputable al trabajador o tener origen en un accidente de trabajo o enfermedad profesional indemnizables.
  •  La pensión de viudedad. La viuda de un beneficiario de una prestación del SOVI tenía derecho a la mitad de la pensión que percibía el fallecido siempre que fuera mayor de 65 años o estuviera incapacitada para el trabajo. Ahora recibe el 100%.

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Requisitos para recibir pensiones SOVI

Aunque desaparecieron en los años 70, como hemos dicho a principio aún es posible acceder a estas prestaciones siempre que se cumplan los siguientes requisitos y no se puede acceder a otra pensión de la Seguridad Social.

Se mantiene esta protección para aquellos trabajadores que hicieron aportaciones al SOVI y que tras introducir el nuevo modelo de protección, estos no quedaran desprotegidos.

En el caso de la pensión del SOVI por vejez, deben cumplirse los siguientes requisitos.

  • Tener cumplidos los 65 años, o en su defecto 60 si se trata de vejez por causa de incapacidad. Dicha incapacidad debe ser permanente e impedir de manera total el desempeño de la profesión habitual.
  • No tener derecho a ninguna otra prestación ofertada por los regímenes que integran el Sistema de Seguridad Social actual. Exceptuando, por supuesto, la pensión de viudedad de la que pueda ser beneficiario.
  • Haber estado afiliado al Régimen del Retiro Obrero o haber cotizado 1.800 días al Régimen del SOVI antes del 01/01/1967.

Para la pensión por invalidez, será necesario cumplir lo siguiente:

  • Que la invalidez sea permanente y absoluta para la profesión del solicitante y que sea la causa del cese laboral.
  • Que no sea derivada de un accidente de trabajo o enfermedad profesional indemnizable.
  • Acreditar 1.800 días de cotización al SOVI antes del 01/01/1967.
  • No tener derecho a otra prestación de la Seguridad Social actual.
  • Tener cumplidos los 50 años o, en su defecto los 30 si la invalidez es por inmovilidad total de las extremidades, ceguera o enajenación mental incurable.

En caso de pensión SOVI por viudedad, los requisitos cambian en función de los siguientes casos que pueden darse.

  • Pensionista del SOVI con fallecimiento anterior al 01/01/1967:
    • El causante debe haber fallecido después del 01/01/1956.
    • El solicitante:
      • No tener derecho a ninguna otra pensión SOVI.
      • Tener 65 años en el momento del fallecimiento. Si tiene 50 o más, su derecho a percibir esta pensión se mantendrá para cuando cumpla los 65 años de edad.
      • Llevar 10 años de matrimonio con el fallecido.
  • Pensionista del SOVI con fallecimiento posterior al 31/12/1966: se exigirán los mismos requisitos que para la pensión de viudedad de la Seguridad Social.
  • No pensionista del SOVI:
    • Para el causante:
      • Fallecimiento a partir del 01/01/1956.
      • Haber estado afiliado al Retiro Obrero Obligatorio o bien la acreditación de  1.800 días cotizados al SOVI antes del 01/01/1967.
    • Para el solicitante: los mismos requisitos que para los pensionistas fallecidos antes del 01/01/1967.

¿Cuál es el importe a recibir?

La pensión que se cobra de forma mensual  del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) será de 441,7 euros mensuales en el caso de vejez, invalidez y viudedad  y si concurren con alguna pensión pública de viudedad ascenderá a 428,7 euros al mes.

¿Cómo se solicita?

Si cumples los requisitos antes mencionados puedes solicitarlo cumplimentando el Formulario de Solicitud y presentarlo en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social.

 

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