La relación laboral entre trabajador y empresa puede extinguirse por varias razones: despido, fin de contrato temporal o bien por baja voluntaria del trabajador.
Esta última suele confundirse con el autodespido y hay diferencias muy importante a tener en cuenta. La primera de ellas es que la baja voluntaria no tiene derecho a indemnización ni a cobrar prestación por desempleo. En el caso del autodespido sí se tiene, aunque para que se produzca se deben dar ciertas circunstancias.
Cómo irse de la empresa con indemnización y derecho a paro
El autodespido es un término que se utiliza para referirse a la petición del trabajador a que se ponga fin a la relación laboral, pero no por voluntad propia, sino por un incumplimiento grave por parte de la empresa.
Es decir, en la baja voluntaria, el trabajador no necesita ninguna causa, solo querer marcharse de la empresa. En el autodespido es necesario alegar que se debe a un incumplimiento grave por parte del empleador.
Y ¿cuáles son estos incumplimientos graves? Pues los que se indican en el artículo 50 del Estatuto de los trabajadores, que son los siguientes:
- Las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo llevadas a cabo sin respetar lo previsto en el artículo 41 y que redunden en menoscabo de la dignidad del trabajador.
- La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado. El Tribunal Supremo ya ha aclarado cuantías días de retraso son suficientes para poder solicitar el autodespido.
- Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en sus anteriores condiciones de trabajo en los supuestos previstos en los artículos 40 y 41, cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados.
Lo tiene que dictaminar un juez
Ahora bien, si se dan estas condiciones, no basta con que el trabajador solicite a la empresa la extinción del contrato de trabajo con derecho a indemnización por incumplimiento grave por parte de esta.
El trabajador debe demandar a la empresa por estos incumplimientos graves y si la justicia confirma que sí, que hay un incumplimiento grave por parte de la empresa, entonces será cuando el trabajador podrá solicitar la extinción de su contrato de trabajo con derecho a indemnización que será equivalente a un despido improcedente. Es decir, 33 días por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades. Además, tendrá derecho a cobrar prestación por desempleo.
Esto último, es posible porque aunque se trata de una petición de trabajador para romper la relación laboral, en realidad es que el trabajador se ve obligado a solicitarlo.