A los problemas en los retrasos de los pagos en la prestación por desempleo del Expediente Regulador Temporal de Empleo (ERTE) se suman otros errores como el pago de más o seguir recibiendo la prestación a pesar de que el trabajador ya se ha incorporado al puesto de trabajo.
El ministerio de Trabajo ya anunció que se está reforzando las medidas para detectar posibles fraudes como que los trabajadores acudan a sus puestos de trabajo estando aún en ERTE
En estos casos, ¿Qué se debe hacer?.
Para los casos en los que el trabajador ya se ha reincorporado al puesto de trabajo y aun así sigue recibiendo el ingreso de la prestación, puede deberse a que desde el propio SEPE no se les ha tramitado la baja. También están los que se han incorporado parcialmente, pero siguen recibiendo la misma cuantía de la prestación en vez de la parte proporcional que les correspondería.
Los propios sindicados al recibir numerosas consultas por esta situación, recomiendan que estos trabajadores que han sido «beneficiados» no gasten ese dinero, ya que el SEPE detectará el error y les reclamará su devolución mediante un requerimiento.
Lamentablemente también se están viendo casos en los que tras la reincorporación parcial al puesto de trabajo han dejado de percibir la prestación que les corresponde.
¿Cómo devolver el dinero si me han pagado de más?
Lo primero es saber que la prestación corresponde hasta el día anterior a la reincorporación al trabajo o jubilación si durante el ERTE se ha llegado a la edad de jubilación, por lo que es importante mirar nuestra situación laboral, todo esto se puede mirar consultado el informe de vida laboral.
Es bastante recomendable que cuando llegue ese día se comunique al SEPE la baja por prestación, acudiendo a las oficinas del SEPE, de forma telemática o bien llamando a la oficina, aunque el SEPE siempre realizará las oportunas revisiones de los pagos y en el caso de encontrar alguna irregularidad se lo comunicará al interesado.
Si tras comprobar que la cantidad que se ha recibido no corresponde con la que se debería percibir, el SEPE da un plazo de 30 días para devolver ese dinero.
¿Y si no dispongo de ese dinero porque lo he gastado?
En estos casos el SEPE da la posibilidad de solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda, eso sí aplicará un interés de demora de un 3.7%. En el caso de que aún se esté cobrando la prestación el propio SEPE descontará esa cantidad cuando realice el ingreso.
Si una vez pasado los 30 días que el SEPE da de plazo para devolver el dinero no se ha realizado ni tampoco se ha pedido un aplazamiento, el SEPE emitirá una certificación de descubierto, iniciando la vía de apremio, lo que supondrá un recargo del 20% sobre el importe a deber.
En caso de no estar de acuerdo con los motivos que el SEPE proporciona para exigir la devolución, se tienen 10 días de plazo desde que se recibe la notificación para presentar las alegaciones oportunas a la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.
Si a pesar de presentar las alegaciones el SEPE dicta sentencia indicando el cobro indebido, se tendría una segunda oportunidad antes de llegar a la vía judicial. En un plazo de 30 días hábiles deberá aportarse toda la documentación necesaria para realizar la reclamación. El SEPE tendrá un plazo de 45 días para contestar, en el caso de no recibir notificación alguna, se entenderá por silencio administrativo que ha sido rechazada y ya solo quedaría la vía judicial.
El SEPE tiene 4 años para revisar y reclamar los pagos indebidos por ERTE