martes 19 marzo 2024

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El SEPE explica que prestaciones por desempleo cotizan para la jubilación

Solo hay dos prestaciones del SEPE que si cotizan para la jubilación, te explicamos como lo hace cada una.

Cuando un trabajador pierde su empleo, si cumple los requisitos para solicitar alguna de las prestaciones del SEPE, queda protegido económicamente mientras está en búsqueda de empleo. Sin embargo, la perdida del trabajo no es el único temor que tienen los desempleados, sobre todos aquellos que superan la edad de los 40 años.

La mayoría de estos trabajadores que se quedan en paro, piensan en que pasará ahora con su jubilación. Con la nueva reforma de las pensiones del ministro de Inclusión, José Luis Escrivá, el tema de la jubilación está en la mente incluso de los más jóvenes que ya incluso echan cuentas sobre cuándo se podrán jubilar.

El SEPE con sus prestaciones por desempleo no solo busca proteger al desempleado económicamente en este periodo, también de cara a la  futura jubilación, ya que hay prestaciones que si cotizan a la Seguridad Social.

Tal y como explica el SEPE en su página web, hay determinas prestaciones que cotizan a la Seguridad Social. De modo que durante el tiempo que se cobra la prestación se mantienen las cotizaciones.

Dinero y reloj

Prestaciones que cotizan a la Seguridad Social

Únicamente dos prestaciones cotizan a la Seguridad Social de cara a la futura jubilación. Cada una de ellas lo hace de una forma distinta.

La primera de ella es el paro, para la cual es necesaria cumplir unos requisitos de cotizaciones previos, como por ejemplo haber cotizado al menos 360 días.

Otra prestación que también cotiza para la jubilación es el subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Es el único subsidio que si cotiza, ya que fue creado principalmente con este objetivo, proteger la jubilación.

Cómo cotizas si cobras el paro

En el caso de la prestación contributiva por desempleo, el SEPE paga el 100% de la aportación que realizaba la empresa y posteriormente la descuenta de la prestación por desempleo.

Es decir, la contribución se reparte de la misma manera que cuando se cobra un salario: el SEPE asume la parte empresarial (un 23,6% de la base de cotización) y se descuenta un 4,7% de la prestación como la aportación del trabajador.

Claro está, el paro solo cotiza para jubilación, no se cotizará «por desempleo, accidente de trabajo y enfermedad profesional, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional».

Cómo cotizas cobrando el subsidio para mayores de 52 años

En cuanto al subsidio para mayores de 52 años, los beneficiarios cotizan a la Seguridad Social por el 125% de la base mínima de cotización, siendo el SEPE quien aporte de forma íntegra esta cotización.

Sin embargo, no todos los beneficiarios de este subsidio cotizan. Los trabajadores fijos discontinuos se han visto recientemente beneficiados de una medida para incluirlos en este subsidio. Esta ampliación, únicamente afectará a los trabajadores cuyo hecho causante se haya producido a partir del 2 de marzo de 2022.

De modo que aquellos trabajadores fijos discontinuos con un hecho causante para cobrar este subsidio anterior a esa fecha no cotizarán para la jubilación.

Aparte quedan los trabajadores fijos discontinuos menores de 52 años que son beneficiarios de un subsidio. En este caso cotizarían por la base mínima hasta los primeros 60 días de subsidio.

He estado en ERTE ¿He cotizado?

Los desempleados que han estado o siguen en ERTE cotizan a la Seguridad Social.  Esto se debe a que la empresa los mantiene dados de alta en la Seguridad Social, pagando sus respectivas cotizaciones (bonificadas por las ayudas a la pandemia).

Los empleados en esta situación cotizarán aplicándose la base de cotización previa a pasar por esta situación de suspensión de empleo.

 

 

 

 

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