El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha revocado la sentencia inicial que confirmaba el despido disciplinario de una camarera de Pacha Ibiza. La trabajadora, que llevada más de 15 años trabajando para esta discoteca, fue despedida tras descubrirse que había modificado un ticket de 2.000 euros que incluía 200 euros de propina.
La modificación que realizó fue simplemente realizar un nuevo ticket por valor de 1.800 euros y dejar la propina (200 euros) aparte para depositarla en el bote en lugar de dejarla en la caja. Esta acción fue vista por la empresa como una falta muy grave y por ello procedió a su despido disciplinario.
Los hechos
Todo ocurrió en la madrugada del 6 de junio de 2019 cuando sobre las 5:13 horas, el maître atendía a unos clientes VIP con un pacto de mesa de 1.800 euros y ordenando a la cajera que emitiera primero un ticket de 2.000 euros (incluidos 200 euros de propina), y a continuación lo reemitiera por 1.800 euros. Cuando el maître le entregó los 2.000 euros en efectivo, ella ingresó los 1.800 en caja y, en lugar de dejar los 200 euros excedentes en la caja, los depositó en el bote de propinas.
El problema surge cuando, días después, el cliente solicitó la factura por el importe abonado (2.000 euros). La empresa comprobó que se había modificado el ticket expedido a 1.800 euros y que los 200 euros restantes habían ido al bote de propinas, sin haber sido informado un superior.
La trabajadora admitió tanto por escrito como en una reunión con la dirección (la cual fue grabada) que efectivamente siguió las instrucciones del maître sin comunicarlo a su superior.
La empresa consideró que esta conducta (alterar la facturación pactada con un cliente VIP y no informar de ello) suponía una infracción muy grave de sus obligaciones de lealtad y confianza, justificando así la imposición de un despido disciplinario.
La reclamación de la trabajadora
La trabajadora decidió impugnar su despido solicitando que este fuera declarado nulo porque entendía que con la grabación de la reunión se había vulnerado su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, generándole indefensión. Igualmente, solicitó que subsidiariamente se declarase el despido improcedente al señalar que aunque se produjo una irregularidad formal al reemitir el ticket (ordenado por el maître) la empresa cobró íntegramente los 1.800 euros pactados y los 200 euros adicionales fueron entregados voluntariamente como propina, sin que constara reclamación alguna ni daño a la imagen de Pacha Ibiza.
Por tanto, consideraba que el despido era una medida desproporcionada. Sin embargo, el Juzgado de lo Social número 1 de Ibiza rechazó sus pretensiones y declaro el despido improcedente.
El TSJ de las Islas Baleares declara improcedente el despido
Tras este fallo inicial, la trabajadora presentó recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Balares, que analizó nuevamente el caso y en su sentencia 50/2023 estimó en parte las reclamaciones de la trabajadora, declarando el despido como improcedente debido a que:
- No hubo un perjuicio económico real: la empresa cobro íntegramente los 1.800 euros con el cliente y los 200 euros de propina fueron depositados en el bote correspondiente.
- La trabajadora actuó siguiendo las instrucciones del maître, sin obtener beneficio propio ni causar daño a la empresa o al cliente. Se valoró que la empleada se limitó a cumplir las instrucciones de un superior jerárquico, sin iniciativa propia para alterar ese ticket.
Por tanto, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, la sala recordó que la sanción debe graduarse atendiendo a la gravedad objetiva de la falta y a las circunstancias personales del trabajador (antigüedad, buena conducta, ausencia de sanciones previas). Con más de quince años de servicio sin antecedentes disciplinarios, la imposición del despido resultó desproporcionada en relación con la falta cometida.
De modo que Pacha Ibiza tendrá que elegir entre la readmisión con el pago de los salarios de tramitación o bien pagarle una indemnización de 37.154,97 euros por despido improcedente.

