viernes 31 enero 2025
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¿Me pueden quitar la incapacidad permanente total? ¿Cuáles serían los motivos?

La Seguridad Social puede revisar la incapacidad permanente total hasta alcanzar la edad de jubilación y quitarla por estos motivos.

Una incapacidad permanente es aquella que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las tareas de su profesión habitual, es decir, estás inhabilitado para ejercer tu profesión, pero no te impediría trabajar en otro puesto siempre que sea compatible con las limitaciones de la incapacidad. Esta es una de las razones por las que el Gobierno ha modificado el Estatuto de los Trabajadores para evitar el despido automático de los trabajadores en situación de incapacidad permanente. Antes del despido, se debe buscar una recolocación dentro de la empresa, siempre que sea posible.

La incapacidad permanente total da derecho a una pensión. Aunque muchos piensan que recibirán su paga de forma indefinida, no es del todo correcto, ya que la Seguridad Social puede revisar dicha incapacidad y llegar a quitar la pensión.

¿Hasta cuándo puede revisar la Seguridad Social mi incapacidad permanente?

Cuando se cobra una incapacidad permanente total, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) establecerá revisiones médicas para evaluar si hay una mejora o un empeoramiento de la incapacidad. Estas revisiones son posibles hasta la edad de jubilación ordinaria. Una vez alcanzada dicha edad, el INSS ya no puede revisar la incapacidad, y el beneficiario cobrará su pensión de forma definitiva.

Sin embargo, al alcanzar la edad de jubilación, si el beneficiario tiene derecho a solicitar la pensión de jubilación y esta resulta más beneficiosa, podrá optar por cambiar su pensión de incapacidad por la de jubilación.

¿Cuántas veces pueden revisar la incapacidad permanente total?

No existe un número determinado de revisiones que puede hacer la Seguridad Social. Esto varía según cada situación y las probabilidades que detecte el INSS de una posible mejoría. Algunos beneficiarios pueden no ser convocados nunca para una revisión, mientras que otros pueden ser llamados con frecuencia.

Motivos por los que te pueden quitar la pensión por incapacidad permanente total

Existes diferentes motivos por los cuales la Seguridad Social puede quitar la pensión de incapacidad permanente total. A continuación te indicamos los más habituales:

  1. No acudir a las revisiones médicas: Es obligatorio acudir a las revisiones médicas. La falta de asistencia, salvo causa justificada, conlleva la retirada de la prestación.
  2. Mejora de la incapacidad: Si tras una revisión médica, la Seguridad Social establece que ha habido una mejora, se pueden dar dos situaciones:
    • Que se pase a tener un grado de incapacidad parcial, cobrando un solo pago.
    • Que la persona haya mejorado lo suficiente como para no cumplir con los requisitos para recibir ninguna prestación por incapacidad.
  3. Error en el diagnóstico: Puede ocurrir que tras la primera revisión médica se detecte un error en el diagnóstico inicial. Si el nuevo diagnóstico no cumple con los requisitos para una incapacidad permanente total, se puede modificar o retirar la pensión.
  4. Trabajos incompatibles: La incapacidad permanente total es compatible con cualquier trabajo que no sea igual o similar a la profesión que originó la incapacidad. Si se trabaja en una profesión incompatible, la pensión puede ser retirada.
  5. Fallecimiento del beneficiario: La pensión por incapacidad permanente se dejará de cobrar al fallecer el beneficiario, ya que se trata de una prestación que solo se paga al afectado por la discapacidad.
  6. Se detecta fraude: también perderás la pensión, si la Seguridad Social detecta que has cometido fraude para obtenerla, o si has actuado de manera imprudente o fraudulenta para mantenerla o incluso mejorarla.  Pero no solo eso, además de perderla, también serás acusado de fraude con una pena que puede acabar en prisión de 6 meses a tres años, según el artículo 307 ter del Código Penal.

¿Qué hacer si te han quitado la incapacidad permanente total y no estás de acuerdo?

Si te han quitado la incapacidad permanente total, ya sea porque el Instituto Nacional de la Seguridad Social en una de las revisiones ha determinado que has mejorado y ya no tienes derecho a cobrar la pensión, puedes reclamar.

La primera fase para reclamar es presentar la reclamación por la vía administrativa. Esto se puede hacer online a través de la sede electrónica del INSS y acceder al apartado “solicitud de revisión de incapacidad permanente”. Tendrás que identificarte mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.

Deberás rellenar un formulario donde se pedirá una cita previa para que el Tribunal Médico revise el grado de incapacidad.

Si esta reclamación administrativa es desestimada, puedes continuar con tu reclamación presentando una demanda judicial. Para ello, tienes un plazo de 30 días hábiles desde la fecha de la resolución de la reclamación previa. En este paso, lo mejor es contactar con un abogado especialista en estos asuntos, ya que tendrás que ir a juicio.

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