Este viernes 1 de noviembre entra en vigor la reforma del subsidio por desempleo (Real Decreto-Ley 2/2024, de 21 de mayo) que cambia de forma considerable estas ayudas asistenciales. La primera modificación es en la cuantía de la ayuda, que ya no serán 480 euros (80% del IPREM). Desde el 1 de noviembre, la cuantía se eleva hasta los 570 euros (95% IPREM), pero solo durante los primeros seis meses, luego irá bajando hasta los 540 euros (90% del IPREM), hasta que finalmente quede reducido hasta los 480 euros.
No es el único cambio que beneficia más a los desempleados, también mejora la compatibilidad con el trabajo. Un desempleado podrá compatibilizar el cobro de su ayuda con un trabajo, incluso si este es a jornada completa. Así, la ayuda pasa a ser un apoyo al empleo, evitando que los desempleados rechacen trabajos temporales para no perder el subsidio.
PORCENTAJE IPREM A COBRAR | ||||
TRIMESTRE | JORNADA COMPLETA | 75% DE LA JORNADA | 50 % DE LA JORNADA | INFERIOR AL 50% DE LA JORNADA |
1 | 80% | 75% | 70% | 60% |
2 | 60% | 50% | 45% | 40% |
3 | 40% | 35% | 30% | 25% |
4 | 30% | 25% | 20% | 15% |
5 Y SIGUIENTES | 20% | 15% | 10% | 5% |
También se modifica la duración del subsidio, que dependerá de varios factores, como la edad y si hay o no responsabilidades familiares. Por lo que se podrá cobrar un mínimo de 3 meses y un máximo de 30 meses.
Ahora bien, hay que tener en cuenta, que esta modificación no afectará a todos los desempleados por igual.
Desempleados a los que no les afectará la modificación del subsidio por desempleo
Aquellos desempleados que ya estén cobrando un subsidio, a pesar de entrar en vigor la nueva normativa, mantendrán las mismas condiciones. Es decir, no verán incrementada su cuantía y mantendrá durante el resto del periodo o el tiempo que le quede por cobrar los 480 euros mensuales (80% del IPREM).
Lo mismo sucede con los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años, que tampoco les afecta la reforma, pues este subsidio no se ha modificado y se mantiene tal y como está. Por lo que seguirán cobrando los 480 euros al mes de manera indefinida (siempre que mantengan los requisitos) hasta la edad de jubilación y cotizarán por el 125% de la base reguladora mínima en vigor.