sábado 20 abril 2024
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Lo que necesitas saber para solicitar la moratoria de la hipoteca aprobada por el Gobierno

El Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez,  hizo publico las nuevas medidas, laborales, sociales y económicas tomadas por el Gobierno para afrontar esta crisis del coronavirus.

Entre las medidas anuncias, destaca la moratoria en los pagos de la hipoteca, ¿En que consiste esta moratoria?, el aplazamiento de los pagos, es decir, que durante el tiempo que dure esta cuarentena, los ciudadanos que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica no tendrán que hacer frente a las cuotas de su hipoteca.

¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir para poder solicitarla?

  • El hipotecado debe haber perdido el trabajo o en caso de ser un profesional por cuenta propia que sufra una pérdida sustancial de sus ingresos o una caída sustancial de las ventas de su empresa.
  • Que la cuota hipotecaria, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.
  • Que, a consecuencia de la emergencia sanitaria, la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda. Esto significa que el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,3 o que se haya producido una caída sustancial de las ventas (al menos del 40%).
  • Que el conjunto de los ingresos de los miembros del hogar no supere, en el mes anterior a la solicitud de la moratoria:
    • El límite de tres veces el IPREM, que esta en 537,84 euros, es decir que no supere la cantidad de 1.613,52 euros al mes.
    • Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo en la unidad familiar.
    • 0,15 veces el IPREM por cada hijo en el caso de unidad familiar monoparental.
    • 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar.
    • En caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33%, será cuatro veces el IPREM.
    • Si el deudor hipotecario sea persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental, o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, o persona con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65 por ciento, así como en los casos de enfermedad grave que incapacite acreditadamente, a la persona o a su cuidador, para realizar una actividad laboral, el límite previsto ) será de cinco veces el IPREM.

Para solicitar esta moratoria en las hipotecas, se deberá acudir a la entidad financiera y presentar la documentación que acredite estar en situación de vulnerabilidad.

  • Trabajador que ha perdido el empleo, certificado expedido por las gestora de las prestación en la que figura la cuantía mensual percibida  por desempleo
  • Autónomo que ha cerrado su negocio, certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o el órgano competente de la CCAA sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado. Libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho para acreditar el número de personas que viven en la misma casa. también es necesario mostrar el certificado de empadronamiento y declaración de discapacidad o dependencia para hacer una actividad laboral.
  • Para mostrar la titularidad de la vivienda, es necesario nota simple del registro de la Propiedad, la escritura de compraventa de la casa y del préstamo hipotecario

Es posible solicitar esta moratoria hasta 15 días después del fin de la vigencia del presente real decreto-ley, es decir, se puede solicitar durante el plazo de un mes y 15 días naturales

Una vez solicitada el banco o entidad dispone de un plazo máximo de 15 días para aceptar la propuesta o no.

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