Le quitan el IMV y le reclaman 4.862€ tras pedir más ayuda por su familia en Marruecos y descubrir que convivía con sus hermanos, pero la Justicia obliga a mantener la prestación

Pidió una revisión para cobrar más por familiares a su cargo en Marruecos, pero el INSS detectó que convivía con sus hermanos y le retiró la ayuda. El tribunal obliga a mantenerla.

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Un beneficiario del Ingreso Mínimo Vital vio cómo su situación daba un giro radical tras solicitar una revisión de su ayuda. Lo que empezó como una petición para aumentar la cuantía por tener familiares a su cargo aunque en Marruecos acabó con la retirada de la prestación y una reclamación de 4.862 euros por parte de la Seguridad Social.

Sin embargo, la Justicia ha puesto freno a esta decisión y el beneficiario mantendrá su prestación y sobre todo no tiene que devolver la cantidad reclamada.

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El caso, resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJ CAT 3198/2023), refleja una situación que preocupa a muchos beneficiarios. Pedir una revisión puede provocar que la Administración revise todo el expediente y cambie el resultado.

Pidió más ayuda por su familia en Marruecos y acabó perdiendo la prestación

El afectado tenía reconocido el Ingreso Mínimo Vital desde 2020 con una cuantía de 217,57 euros al mes. Tiempo después solicitó una revisión porque entendía que debía cobrar más al tener familiares a su cargo en Marruecos.

Tras esa petición, la Seguridad Social revisó su situación y detectó que convivía en España con sus hermanos, algo que no había declarado inicialmente.

Este detalle es clave. Según el Real Decreto-ley 20/2020, que regula el IMV, las personas que viven juntas y tienen vínculo familiar forman una unidad de convivencia, lo que puede cambiar por completo el cálculo de la ayuda.

Con ese argumento, la Administración tomó la decisión de extinguir la prestación y le reclamó 4.862,54 euros por cobros indebidos.

La Seguridad Social entendía que el beneficiario no había comunicado correctamente su situación y que había cobrado una ayuda que no le correspondía en esas condiciones.

La Justicia impide que la Seguridad Social le quite el IMV tras reclamar

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha frenado esta actuación y ha marcado un límite claro a la Administración. No se puede empeorar la situación de un ciudadano por el hecho de reclamar.

Este principio, conocido como prohibición de la reformatio in peius, forma parte del derecho a la tutela judicial efectiva recogido en la Constitución. En la práctica significa que si una persona pide revisar su ayuda, no puede acabar peor que antes solo por hacerlo.

Además, los magistrados recuerdan que si la Seguridad Social detecta irregularidades debe iniciar un procedimiento específico para revisar la prestación, tal y como establece la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. No puede hacerlo directamente como respuesta a una reclamación del beneficiario.

Por todo ello, el tribunal concluye que la actuación del INSS fue incorrecta y obliga a mantener la situación inicial. De modo que la reclamación y la extinción de su prestación quedan anuladas. No obstante eso no deja la puerta cerrada a que ahora la Seguridad Social pueda revisar su caso en un nuevo procedimiento y reclamarle nuevamente el cobro indebido.

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