La Seguridad Social retiró el Ingreso Mínimo Vital (IMV) a un trabajador tras comprobar que había superado el límite de ingresos permitido. No fue por un poco, sino que era más del doble del límite por su unidad de convivencia. A pesar de esa gran diferencia el trabajador impugnó la decisión de la Seguridad Social.
Ahora, la Justicia ha confirmado la decisión y avala además una consecuencia directa y es tendrá que devolver el dinero cobrado sin derecho.
La sentencia, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares en febrero de 2026, deja claro que superar el umbral económico implica perder automáticamente la ayuda, incluso aunque ya estuviera concedida.
De cobrar el IMV a perderlo meses después
El trabajador solicitó el Ingreso Mínimo Vital en noviembre de 2022 y comenzó a cobrarlo con efectos desde diciembre de ese año. La prestación fue aprobada en mayo de 2023.
Sin embargo, en noviembre de 2023, la Seguridad Social revisó sus datos fiscales a través de la Declaración de la Renta (que es una obligación de todo perceptor del IMV)y detectó que sus ingresos reales eran mucho más altos de lo permitido.
En concreto, había declarado 15.577,98 euros en 2022, más del doble del límite fijado para una persona sola, que se situaba en 6.784,44 euros anuales, según las cuantías establecidas de la ayuda ese año. Ante esta situación, el organismo decidió extinguir la prestación y solicitar la devolución de la prestación cobrada indebidamente.
La Justicia lo confirma: no tenía derecho al IMV
El trabajador recurrió la decisión, alegando indefensión al considerar que la Seguridad Social no había actuado bien porque no le entregó el anexo completo de Hacienda y solo incluyó los datos en la resolución. Según él, esto le impedía verificar si eran correctos. Es decir, alegaba falta de transparencia y vulneración de su derecho a defenderse.
Pero tanto el juzgado de lo Social como el Tribunal Superior de Justicia de Baleares en su sentencia 72/2026 (STSJ BAL 116/2026) le han dado la razón a la Seguridad Social.
La clave está en el requisito de vulnerabilidad económica. Para cobrar el IMV es obligatorio no superar determinados ingresos y mantener esa situación en el tiempo.
En este caso, el tribunal considera probado que el beneficiario superaba claramente el umbral, por lo que no cumplía las condiciones para seguir percibiendo la ayuda.
Retirada con efecto retroactivo desde enero y tendrá que devolver lo cobrado
Otro de los puntos que el trabajador cuestionaba era tener que devolver todo lo cobrado que casi era la cuantía de un año, puesto que la Seguridad Social le notificó tarde la resolución (noviembre de 2023). El afectado alegó que esto era injusto por el retraso de la Administración que le generaba una deuda injusta de varios meses, pero la Justicia rechaza este argumento. Según la sentencia, el sistema del IMV funciona con un control anual basado en los datos fiscales:
- Los ingresos de un año determinan el derecho al siguiente
- Si se supera el límite, se pierde la ayuda desde el inicio del año
Por tanto, no se trata de un error ni de un retraso, sino de cómo está diseñada la prestación.
Ahora tendrá que devolver lo que cobró durante los meses de 2023 en los que no cumplía los requisitos. El tribunal señala además que permitir cobrar la ayuda en estas condiciones supondría un uso indebido de fondos públicos.

