La carta de Inspección de Trabajo que están recibiendo las empresas que tienen empleados temporales

Nueva campaña de envío de cartas masivas a las empresas que presentan una media superior de contratos temporales.

La campaña de la Inspección de Trabajo (ITSS) está dirigida a las empresas que ha detectado que tiene una proporción superior a la media de contratos temporales entre sus trabajadores.

No se trata de una carta que informe de una sanción, al igual que el año pasado, se trata de una carta informativa o de advertencia para que las empresas o bien justifiquen el motivo de este elevado número de contratos temporales o que se pongan al día y regularicen la situación de estos trabajadores.

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De no hacerlo, será entonces cuando reciban la visita de un Inspector de Trabajo en los próximos meses que comprobara el cumplimiento de la normativa en cuanto a contratos de trabajo.

Cartas de la Inspección contra el uso irregular de contratos temporales

La Inspección de trabajo ha comenzado a enviar estas cartas a las empresas que su sistema ha detectado que tiene una tasa de temporalidad superior a la de su sector.

Recibir esta carta, no quiere decir que la empresa esté incumpliendo la ley, únicamente es que su sistema, tras cruzar, ha detectado que por su Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), ven que la tasa de temporalidad se sale de la media. De modo que automáticamente se lanza un aviso a la empresa para o bien en caso de que no este cumpliendo la ley, regularice voluntariamente la situación o justifique a que se debe esta alta tasa de temporalidad.

Contrato temporal cuando en realidad es indefinido

Desde que se aprobara la reforma laboral en 2022, el número de contratos temporales ha descendido en beneficio del contrato indefinido, tanto el ordinario como el fijo discontinuo.

No hay que olvidar que el contrato de trabajo temporal solo puede realizar por circunstancias de la producción, es decir, que la empresa en un momento determinado vea incrementada su carga de trabajo y necesita contratar de forma temporal nuevos trabajadores, pero de forma puntual. O bien por sustitución de una persona trabajadora, lo que se llama un contrato de sustitución o interinidad. Así lo indica el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores.

En  ambos casos, en el contrato se debe especificar la razón por la que se hace el contrato en lugar de un contrato indefinido o fijo discontinuo. Uno de los errores que se cometen no indicar esta justificación en el contrato y por consiguiente el contrato pasa a ser indefinido. En el contrato de sustitución, por ejemplo, se debe indicar el nombre de la persona a la que se va a sustituir.

Por último, hay otras circunstancias por las que un contrato temporal puede estar en fraude de ley y que tiene como consecuencia que a todos los efectos sea indefinido. Entre estas destaca que tenga una duración del contrato sea superior a la establecida por  ley.

Multas de hasta 10.000 euros por cada contrato irregular

La carta que se está enviando es a modo de advertencia, pero las empresas que la reciban y no tomen medidas y finalmente reciban la visita de la Inspección de Trabajo y esta detecte irregularidades, se enfrentan a sanciones de hasta 10.000 euros por cada contrato que esté en Fraude de Ley.

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