sábado 1 febrero 2025
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Jubilación anticipada involuntaria en 2023: requisitos, cuantías y cómo se solicita

Los trabajadores pueden acceder a la jubilación anticipada por cese no voluntario. Estos son todos los requisitos y cuantías de la pensión.

En España un trabajador se puede jubilar antes de cumplir la edad legal, es lo que se conoce como jubilación anticipada. Este retiro anticipado puede ser voluntario o bien involuntario o forzoso, es decir, que se produce por una causa ajena a la voluntad del trabajador. En ambos casos, existen unas penalizaciones por retirarse antes de tiempo.

En 2023, la edad de jubilación se ha visto incrementado en dos meses con respecto a 2022. Así, la edad ordinaria de jubilación en 2023 es 66 años y 4 meses cuando se tengan cotizados menos de 37 años y 9 meses. Solo quienes tengan 37 años y 9 meses o más podrá jubilarse con 65 años.  Este incremento de la edad seguirá hasta 2027, cuando se alcancen los 67 años.

La jubilación forzosa permite al trabajador poder jubilarse hasta 4 años antes de la edad ordinaria de jubilación a la que pudiera hacerlo de seguir trabajando.

Para acceder a esta jubilación anticipada se debe cumplir una serie de requisitos tal y como regula  la Ley 27/2011, de 1 de agosto.

A continuación te detallamos los requisitos de acceso a la jubilación anticipada forzosa, sus coeficientes reductores y como se calcula la pensión a cobrar.

Requisitos para acceder a la jubilación anticipada involuntaria

Tal y como explica la Seguridad Social en su web, para tener derecho a la jubilación anticipada involuntaria es necesario reunir una serie de requisitos/condiciones muy específicas.

La principal sobre todo es que este retiro anticipado sea sin que exista voluntariedad del trabajador.  De modo que, un trabajador autónomo, no podrá acceder a este tipo de jubilación anticipada.

trabajador preguntándose cuanto tiene que cotizar para la jubilacion
Trabajador preguntándose cuanto tiene que cotizar para la jubilación | Foto Drazen Zigic Freepikcom

Periodo mínimo de cotización

El trabajador debe tener cotizados un mínimo de 33 años, de los cuales 2 de ellos deben estar comprendidos en los 15 años anteriores al hecho causante.  Es decir, cuando se produce el cese de la actividad laboral.

Dentro de estos años de cotización, quienes realizaran el servicio militar (la mili),  el servicio social femenino y la prestación social sustitutoria pueden incluirlo, aunque solo podrán incluir 12 meses.

Edad para poder jubilarse anticipadamente

La jubilación forzosa permite al trabajador retirarse hasta 4 años (48 meses) de cumplir la edad a la que podría hacerlo en condiciones normales. Dos años más, por ejemplo, que la jubilación voluntaria.

Teniendo en cuenta que la edad en 2023 es de 65 años o bien 66 y 4 meses. Un trabajador podrá acceder a este tipo de jubilación con 61 años o 62 años y  4 cuatro meses, dependiendo de los años cotizados.

Causas por las que un trabajador puede acceder a la jubilación anticipada forzosa

Además de los años cotizados, es necesario que se den algunas de las siguientes causas ajenas al trabajador:

  1. Cuando se produce un despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, conforme al artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores (ET).
  2. El despido objetivo por causas objetivas, conforme al artículo 52 del ET, como por ejemplo la ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa.
  3. La extinción del contrato por resolución judicial, en los supuestos contemplados en el texto refundido de la Ley Concursal.
  4. Por muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 44 del ET, o la extinción de la personalidad jurídica del contratante.
  5. La extinción del contrato de trabajo motivada por la existencia de fuerza mayor constatada por la autoridad laboral conforme a lo establecido en el artículo 51.7 del ET.
  6. Extinción del contrato por voluntad del trabajador por las causas previstas en los artículos 40.1 (movilidad geográfica), 41.3 (modificación sustancial de condiciones de trabajo) y 50 (incumplimientos del empresario) del ET.
  7. La extinción del contrato por voluntad de la trabajadora por ser víctima de la violencia de género prevista en el artículo 49.1.m) del ET.

A estas hay que añadir nuevos supuestos que se han incluido con la reforma de las pensiones de Escrivá:

  • Trabajadores de empresas cuyos centros de trabajo no se consideren móviles o itinerantes y sean despedidos por rechazar un traslado que implique cambio de residencia.
    • Trabajadores despedidos tras imponerle su empresa una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo. Extinción por voluntad del trabajador basada en causas justas:
    • Modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo que redunden en menoscabo de la dignidad del trabajador. La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario.
    • Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor

En los supuestos 1,2 y 6, así como en los nuevos introducidos, es necesario que el trabajador acredite que ha percibido la indemnización correspondiente por la extinción del contrato de trabajo. La indemnización se acredita mediante transferencia bancaria.

Calcular pensión de jubilación
Calcular pensión de jubilación | Foto Freepik

Cómo se calcula la pensión por jubilación forzosa

El cálculo de la pensión es igual que una jubilación ordinaria, primero se calcula la base reguladora y a esta se le aplica el porcentaje según los años cotizados. Pero además hay que aplicarle unos coeficientes reductores que varían en función de cuantos meses se adelanta la jubilación.

Así, en 2023, se cogen las 300 últimas bases de cotización, es decir, las bases de los últimos 25 años. Estas se suman y luego se dividen por 350, el resultado será la base reguladora. En el caso de que en los 300 meses hubiera lagunas de cotización, las primeras 48 cotizarán con el 100% de la base de cotización mínima vigente en ese momento. A partir de las siguientes, se cotiza al 50% de la base mínima.

Ahora a esta base se le aplica el porcentaje correspondiente según la tabla de años cotizados.

Pero eso no es todo, como hemos dicho, hay una penalización y al resultado hay que aplicarte un porcentaje de reducción que dependerá de los años cotizados y de los meses de adelanto.

Coeficientes reductores por jubilación anticipada involuntaria

Aunque la jubilación es ajena a la voluntad del trabajador, no se libra de los coeficientes reductores. Dependiendo de los meses que adelante su retiro y de los años que tenga cotizados, puede sufrir una penalización que va desde el 0,50% al 30% de la pensión a la que tuviera derecho.

TIEMPO COTIZADO A LA SEGURIDAD SOCIAL
PORCENTAJE  DE REDUCCIÓN DE LA PENSIÓN (%)
MESES DE ADELANTO JUBILACIÓN MENOS DE 38 AÑOS Y 6 MESES IGUAL O SUPERIOR  38 AÑOS Y 6 MESES E INFERIOR A 41 AÑOS Y 6 MESES IGUAL O SUPERIOR A 41 AÑOS Y 6 MESES E INFERIOR A 44 AÑOS Y 6 MESES IGUAL O SUPERIOR A 44 AÑOS Y 6 MESES
1 0,63 0,58 0,54 0,50
2 1,25 1,17 1,08 1,00
3 1,88 1,75 1,63 1,50
4 2,50 2,33 2,17 2,00
5 3,13 2,92 2,71 2,50
6 3,75 3,50 3,25 3,00
7 4,19 4,00 3,81 3,62
8 4,40 4,20 4,00 3,80
9 4,63 4,42 4,21 4,00
10 4,89 4,67 4,44 4,22
11 5,18 4,94 4,71 4,47
12 5,50 5,25 5,00 4,75
13 5,87 5,60 5,33 5,07
14 6,29 6,00 5,71 5,43
15 6,77 6,46 6,15 5,85
16 7,33 7,00 6,67 6,33
17 8,00 7,64 7,27 6,91
18 8,80 8,40 8,00 7,60
19 9,78 9,33 8,89 8,40
20 11,00 10,50 10,00 9,20
21 12,57 12,00 11,38 10,00
22 13,75 12,83 11,92 11,00
23 14,38 13,42 12,46 11,50
24 15,00 14,00 13,00 12,00
25 16,63 14,58 13,54 12,50
26 16,25 15,17 14,08 13,00
27 16,88 15,75 14,63 13,50
28 17,50 16,33 15,17 14,00
29 18,13 16,92 15,71 14,50
30 18,75 17,50 16,25 15,00
31 19,38 18,08 16,79 15,50
32 20,00 18,67 17,33 16,00
33 20,63 19,25 17,88 16,50
34 21,25 19,83 18,42 17,00
35 21,88 20,42 18,96 17,50
36 22,50 21,00 19,50 18,00
37 23,13 21,58 20,04 18,50
38 23,75 22,17 20,58 19,00
39 24,38 22,75 21,13 19,50
40 25,00 23,33 21,67 20,00
41 25,63 23,92 22,21 20,50
42 26,25 24,50 22,75 21,00
43 26,88 25,08 23,29 21,50
44 27,50 25,67 23,83 22,00
45 28,13 26,25 24,38 22,50
46 28,75 26,83 24,92 23,00
47 29,38 27,42 25,46 23,50
48 30,00 28,00 26,00 24,00

 

Cuantías mínimas y máximas de la pensión

Todas las pensiones tras calcularse hay que tener en cuenta las cuantías mínimas y máximas que se establecen cada año.

Cuando un trabajador se jubila y su pensión resultante es inferior  a la mínima, puede solicitar lo que se conoce como complemento a mínimos. Sin embargo, las jubilaciones forzosas no pueden solicitarla.

Al contrario que el tope máximo que si la cuantía calculada es superior, no se cobrará más de lo que dice la ley.

 

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