sábado 1 febrero 2025
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Importante SMS de la Seguridad Social que afecta a los beneficiarios del IMV

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha iniciado una campaña informativa mediante el envío de SMS a los beneficiarios del IMV.

Este aviso es muy importante para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, ya que informan del requisito que deben acreditar si quieren seguir cobrando la prestación.

Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital se debe cumplir una serie de requisitos. Estos requisitos deben mantenerse para seguir cobrando esta prestación de la Seguridad Social.

Entre los requisitos está la necesidad de mantener la información acreditativa de constar como demandante de empleo. Claro está siempre que no se esté trabajando, ya que el IMV es compatible con el trabajo. Del mismo modo las personas mayores de edad o menores emancipados no tendrán que estar inscritos como demandantes de empleo.

Campaña oficial de la Seguridad Social sobre el IMV.

Se trata de una campaña oficial de la Seguridad Social, así lo ha tenido que demostrar a través de Twitter. Debido a las estafas en los últimos meses suplantando la identidad de la Seguridad Social, esta se ve incluso obligada a confirmar sus propias campañas informativas.

El INSS informa que no solo la persona que figura como titular beneficiaria debe estar inscrito como demandante de empleo. Todos los miembros de su unidad de convivencia deben estarlo, salvo los casos que hemos mencionado antes. No obstante, la legislación contempla una seria de situación que no obligan a ser demandante de empleo:

  • Estar cursando estudios reglados y ser menor de 28 años. En ese caso, el plazo de seis meses para acreditar la inscripción como demandante de empleo se iniciará en la que fecha en la que el beneficiario cumpla los 28 años de edad.
  • Tener suscrito el convenio especial regulado en el Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia.
    Estar percibiendo una pensión contributiva de incapacidad permanente en grado de absoluta o gran invalidez, una pensión de invalidez no contributiva, una pensión de jubilación contributiva o haber cumplido los 65 años de edad.
  • Estar afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 65%.
  • Tener reconocida una situación de dependencia, conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.

Según los datos del ministerio que dirige José Luis Escrivá, el 70% de los titulares beneficiarios son mujeres.

Por el momento lo reciben más de 300.000 hogares, por lo que el número de beneficiarios ronda las 700.000 personas. La edad media de los beneficiados es de 44,32 años.

Unas cifras muy bajas, ya que se han presentado más de un millón de solicitudes.  De las cuales más de 700.000 han sido rechazadas. La mayoría de estas solicitudes rechazadas son por superar el límite de renta y patrimonio.

 

 

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