Gobierno, sindicatos y patronal firman el acuerdo para flexibilizar la jubilación: estos son los cambios

El acuerdo mejora la compatibilidad entre empleo y pensión, e introduce cambios en jubilaciones anticipadas y peligrosas.

Tal y como anunció el presidente, Pedro SÔnchez, el Gobierno de España, junto a los principales sindicatos (UGT y CCOO) y las patronales (CEOE y CEPYME), firmó este miércoles un acuerdo que mejora la compatibilidad entre empleo y jubilación. Este pacto, fruto del DiÔlogo Social iniciado en 2021, representa un avance significativo en la reforma del sistema de pensiones, que se centra sobre todo en incentivar que los trabajadores retrasen su jubilación y proteger a los trabajadores de sectores penosos o peligrosos.

Claves del acuerdo

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Uno de los pilares del nuevo acuerdo es permitir que los jubilados sigan trabajando mientras perciben un porcentaje de su pensión. Hasta ahora, un trabajador podía seguir trabajando y cobrar su pensión a la vez, aunque esta estaba limitada al 50%, solo los trabajadores autónomos con un trabajador contratado podían cobrar el 100% mediante la jubilación activa.

Ahora, tanto trabajadores por cuenta ajena como por cuenta propia podrÔn compatibilizar inicialmente su trabajo con un 45% de la pensión tras un año de demora. Aunque ese porcentaje irÔ aumentando cada año hasta alcanzar el 100% si se prolonga cinco años mÔs allÔ de la edad de jubilación ordinaria. De modo que el porcentaje de pensión que podrÔ cobrarse según los años que se retrase la jubilación, son los siguientes:

  • Un 45% de la pensión, por un aƱo de demora.
  • Un 55% de la pensión, por dos aƱos de demora.
  • Un 65% de la pensión, por tres aƱos de demora.
  • Un 80% de la pensión, por cuatro aƱos de demora.
  • El 100% de la pensión se alcanza al quinto aƱo.

Por contra, aquellos autónomos con trabajadores comenzarÔn a compatibilizar su pensión cobrando el 75% en lugar del 100%. Este porcentaje irÔ aumentando cada año hasta llegar al 100% de la pensión.

AdemĆ”s, se mejora la jubilación demorada,Ā  con un nuevo incentivo adicional del 2% por cada seis meses de retraso a partir del segundo aƱo y no cada doce meses. Otra opción es recibir un pago Ćŗnico como ā€œpremioā€ por la demora en la jubilación, lo que busca acercar la edad efectiva de retiro a la legal, como recomienda la Unión Europea

Cambios en la jubilación parcial y anticipada

El acuerdo también flexibiliza la jubilación parcial, permitiendo que los trabajadores puedan acogerse a esta modalidad a partir de los 62 años si tienen la suficiente carrera de cotización. AdemÔs, en el caso de la jubilación parcial con contrato de relevo, también hay un cambio importante para el trabajador relevista, pues su contrato deberÔ ser indefinido y a jornada completa.

Aquellos que opten por una jubilación parcial con contrato de relevo deberÔn asegurar que su relevista sea contratado de manera indefinida y a tiempo completo.

Para las profesiones mÔs peligrosas o insalubres, se han acordado nuevos coeficientes reductores que permiten anticipar la jubilación. Estos coeficientes se calculan según la peligrosidad del trabajo, protegiendo a los empleados de sectores como la minería o la industria química.

Protección para fijos discontinuos

Un aspecto importante es la recuperación del coeficiente multiplicador de 1,5 para trabajadores con contratos fijos discontinuos. Este coeficiente permite contabilizar un día y medio de cotización por cada día trabajado, facilitando el acceso a una pensión digna para estos trabajadores, especialmente en sectores como la agricultura y la hostelería.

El papel de las mutuas

Otro avance importante del acuerdo es el mayor protagonismo que se da a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. Estas mutuas podrÔn participar en la realización de pruebas diagnósticas de origen traumatológico, en colaboración con los servicios públicos de salud, lo que permitirÔ aliviar la carga sobre el sistema sanitario.

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