El conocido como subsidio por agotamiento de paro cambiará a partir de noviembre de 2024, cuando entre en vigor la reforma de los subsidios. La principal novedad es el acceso a los menores de 45 años sin cargas familiares.
Hasta el momento, un desempleado que cobraba su prestación contributiva, es decir, el paro y si no había podido encontrar un nuevo trabajo, podía solicitar uno de los dos subsidios disponibles por agotamiento de prestación: uno destinado a desempleados con cargas familiares y otros para mayores de 45 sin cargas familiares. Ambas tenían una cuantía de 480 euros, el equivalente al 80% del IPREM.
Así te afecta la reforma si cobras unos de los subsidios que desaparecen en noviembre de 2024
El nuevo subsidio por agotamiento de paro
El nuevo subsidio tendrá una cuantía como el resto de prestaciones tras la reforma, es decir, durante los primeros seis meses se cobra el 95% del IPREM (570 euros) por los siguientes meses el 90% (540 euros) y el resto hasta agotar el subsidio el 80% (480 euros).
En cuanto a la duración, esta va a depender de si se tienen o no cargas familiares y de la duración del paro que ha agotado. Para el SEPE una persona tiene responsabilidades familiares cuando tiene a su carga a su cónyuge o algún hijo o hija por naturaleza o adopción, que sea menor de 26 años o mayor con discapacidad o personas menores acogidas, si conviven o dependen económicamente de él.
El artículo 277 del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, establece la duración del subsidio por agotamiento de la siguiente forma:
Subsidio por agotamiento sin cargas familiares
En el caso de no acreditar responsabilidades familiares, la duración será la siguiente:
- Menor de 45 años, sin responsabilidades familiares y que ha cobrado el paro durante un año: 6 meses de subsidio.
- Mayor de 45 años y sin responsabilidades familiares y que ha agotado un paro de al menos 4 meses: 6 meses de subsidio.
Subsidio por agotamiento con cargas familiares
Si se accede con cargas familiares, no se tiene en cuenta la edad del solicitante, pero sí la duración de la prestación contributiva para determinar la duración del subsidio, de modo que:
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- Si ha agotado un paro de 4 meses tiene derecho a 24 meses de subsidio
- Si ha agotado un paro de 6 meses tiene derecho a un subsidio de hasta 30 meses.
Se elimina el mes de espera
Otra buena noticia para los desempleados que accedan al subsidio por agotamiento de prestación contributiva a partir de noviembre de 2024, es que podrán solicitarlo inmediatamente tras agotar el paro. La reforma también incluye la eliminación del conocido mes de carencia, en el que un desempleado tenía que esperar un mes desde que finalizaba su prestación para solicitar el subsidio, lo que provocaba que estuviera un mes sin recibir ingresos.